Resolución 206. Dáse por declarado el estado de emergencia y\/o desastre agropecuario en la Provincia de Jujuy.

Fecha de disposición29 Junio 2016
Fecha de publicación29 Junio 2016
SecciónResoluciones

Resolución 206/2016

Dáse por declarado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en la Provincia de Jujuy.

Bs. As., 28/06/2016

VISTO el Expediente N° S05:0026783/2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley N° 26.509 y su Decreto Reglamentario N° 1.712 del 10 de noviembre de 2009, el Acta de la reunión de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS del 16 de junio de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que la Provincia de JUJUY, mediante el Decreto Provincial N° 1.512 del 10 de junio de 2016, declaró en estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por sequía, a las producciones de quinua, papa andina y otros tubérculos andinos desde el 1 de junio de 2016 al 31 de mayo de 2017 y a las producciones de ganado mayor y menor desde el 1 de junio de 2016 al 31 de mayo de 2018 en los Departamentos Yavi, Santa Catalina, Cochinoca, Rinconada, Susques, Humahuaca en la zona afectada de la Comisión Municipal de Tres Cruces y Tumbaya en la zona afectada de la Comisión Municipal de Purmamarca, exceptuada su zona urbana.

Que a los efectos de la aplicación de la Ley N° 26.509 la Provincia de JUJUY solicitó, a la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS en la reunión del día 16 de junio de 2016, que se declare el estado de emergencia y/o desastre agropecuario indicado en el primer considerando.

Que la citada Comisión luego de analizar la situación ocurrida recomendó la adopción de igual decisión en el orden nacional y asimismo estableció las fechas de finalización del ciclo productivo para las producciones de quinua, papa andina y otros tubérculos andinos y para las producciones de ganado mayor y menor afectadas de las zonas en emergencia y/o desastre agropecuario, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo del Decreto N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en función de lo previsto por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones y el Artículo 9° del Anexo del Decreto N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

Por ello,

EL MINISTRO

DE AGROINDUSTRIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

A los efectos de la aplicación de la Ley N° 26.509: Dáse por declarado en la Provincia de JUJUY el estado de emergencia y/o...

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