Resolución 206/2022
Fecha de publicación | 28 Abril 2022 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN |
Ciudad de Buenos Aires, 25/04/2022
VISTO la Leyes N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, el Decreto N° 1.344 del 4 de octubre de 2007, la Decisión Administrativa N° 85 del 9 de febrero de 2018, y la Resolución SIGEN N° 37 del 17 de mayo de 2006 y el Expediente N° EX-2022-20680661-APN-SIGEN; y
CONSIDERANDO:
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN es el órgano rector del sistema de control interno del Sector Público Nacional, con competencia para dictar y aplicar normas de control interno y supervisar su funcionamiento, conforme surge de la Ley N° 24.156.
Que en cuanto al ámbito de control de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, el artículo 98 del ANEXO al Decreto N° 1.344/2007, reglamentario de la citada Ley, prescribe que la competencia de este Organismo de Control alcanzará al Sector Público Nacional definido en el artículo 8° de la Ley N° 24.156, que comprende, entre otros, a las Empresas del Estado, las Sociedades del Estado, las Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria, las Sociedades de Economía Mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado Nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias (conf. artículo 8°, inciso b).
Que la Decisión Administrativa N° 85/2018, aprobó los “Lineamientos de Buen Gobierno para Empresas de Participación Estatal Mayoritaria de Argentina”, los cuales constituyen un conjunto de buenas prácticas de gobernanza y gestión de empresas en donde el Estado es accionista.
Que la Resolución SIGEN N° 37/2006, aprobó las “Normas Mínimas de Control Interno para el Buen Gobierno Corporativo en Empresas y Sociedades del Estado”, incorporando la experiencia en el ejercicio de control por parte de este Organismo y de los demás responsables de la gestión empresarial.
Que con el objetivo de fortalecer el desempeño de los sujetos contemplados en el inciso b) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, y a partir de la experiencia recabada, resulta necesaria la revisión de la citada Resolución, a través de la incorporación de instrumentos que permitan una adecuada gestión de riesgos, del control y de la sostenibilidad de la organización.
Que en ese marco, las “Normas mínimas y buenas prácticas de control interno para los sujetos comprendidos en el artículo 8°, inciso b), de la Ley N° 24.156. Funcionamiento del Comité de Auditoría”, constituyen un instrumento que fortalece la figura del Comité de Auditoría...
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