Resolución 2045-E.

Fecha de disposición07 Noviembre 2017
Fecha de publicación07 Noviembre 2017
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE SALUD

Resolución 2045-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 02/11/2017

VISTO los Expedientes Electrónicos Nº 2017-14920450-APN-SSPRYF#MS y Nº 2017-3791391-APN- SSPRYF#MS del Registro del MINISTERIO DE SALUD, la CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA y la Ley Nº 24.588, y

CONSIDERANDO:

Que la Reforma Constitucional de 1994 estableció la autonomía legislativa, jurisdiccional y administrativa de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (Artículo 129 de la C.N.), contribuyendo, de ese modo, al fortalecimiento del sistema federal argentino ello con los alcances y las limitaciones establecidas en el ordenamiento jurídico vigente.

Que el Artículo 75, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA establece que no habrá transferencia de competencias, servicios o funciones sin la respectiva reasignación de recursos, aprobada por Ley del Congreso cuando correspondiere y por la provincia interesada o la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en su caso.

Que la Ley N° 24.588 y su modificatoria que regula la autonomía de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los poderes reservados al Gobierno Nacional, en su artículo 6º dispone que: "El Estado Nacional y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES celebrarán convenios relativos a la transferencia de organismos, funciones, competencias, servicios y bienes".

Que a tales fines por Expediente Electrónico Nº 2017-3791391-APN-SSPRYF#MS tramita la aprobación del Convenio Marco de Transferencias de Funciones y Competencias en Materia de Autoridad Sanitaria del poder Ejecutivo Nacional a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Que a fin garantizar la transferencia de funciones y competencias de forma progresiva y ordenada, tendiente a que la transición de una jurisdicción a otra permita desarrollar eficientemente los organismos, los recursos técnicos y humanos que tengan a cargo estas nuevas actividades, es que resulta necesario crear una COMISIÓN a tales efectos.

Que se estima conveniente que la COMISIÓN este integrada por UN (1) representante de la SECRETARÌA DE POLÌTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS, UN (1) representante de la SUBSECRETARÍA DE POLITICAS, REGULACIÒN Y FISCALIZACIÒN, UN (1) representante de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES y UN (1) representante de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS...

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