Resolución 2040/2019

Fecha de publicación10 Mayo 2019
SecciónResoluciones
EmisorENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
undefinedCiudad de Buenos Aires, 09/05/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-06203202-APN-SDYME#ENACOM, la Ley N° 27.078, el Decreto N° 764/2000, la Resolución N° 506-MM/2018, el IF-2019-41752572-APN-DNPYC#ENACOM y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del entonces MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que la Resolución N° 506 del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, de fecha 28 de Agosto de 2018, atribuye con categoría primaria la banda de frecuencias comprendida entre 450 y 470 MHz para la prestación del Servicio Fijo y Móvil, fuera del área delimitada por un círculo de radio de CIENTO OCHENTA (180) kilómetros con centro en las coordenadas geográficas de 34°38’00” latitud sur y 58°28’00” longitud oeste, correspondientes a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Que la misma Resolución aprueba en la banda de frecuencias y el área determinada en el considerando anterior, la utilización en forma exclusiva por sistemas de acceso inalámbrico fijo y móvil de tecnología digital y reúso celular de frecuencias para la prestación de los servicios de transmisión de datos y/o acceso a Internet de banda ancha, así como para el acceso inalámbrico al servicio de telefonía local.

Que los sistemas radioeléctricos mencionados se autorizarán únicamente para brindar cobertura de servicios en áreas de servicio que cuenten con menos de CIEN MIL (100.000) habitantes.

Que adicionalmente, la Resolución citada instruye al ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES a realizar las anotaciones en el Cuadro de Atribución de Bandas de Frecuencias de la República Argentina (CABFRA) de las bandas de frecuencias atribuidas, así como a derogar las normas técnicas que se opongan a la mencionada Resolución.

Que la Resolución N° 517 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, de fecha 17 de septiembre de 1984, atribuye a los Servicios Fijo y Móvil Terrestre las bandas de frecuencias indicadas en los diagramas, que como ANEXOS I, II y III forman parte integrante de esa Resolución.

Que dicha Resolución aprueba el esquema básico de atribución de bandas de frecuencias entre 450 y 470 MHz, para Sistemas Multicanales...

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