Resolución 15/2010

Fecha de publicación18 Mayo 2010
Fecha de disposición18 Mayo 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31906

Capataz $ 27,45

Resero $ 14,32

Carrero con carro y caballo de su propiedad Convencional VIATICO: cuando no se proporcione comida deberá pagarse por comida principal $ 15,88.

  1. - LOCALES DE REMATES - FERIAS ESPECIALES CAMPO POR PERSONA QUE TENGA ELEMENTO DE TRABAJO POR DIA Y/O MEDIODIA CON COMIDA.

    POR DIA POR MEDIODIA Capataz $ 240,78 $ 144,33

    Clasificador $ 181,66 $ 108,22

    PISTERO Cuando el patrón requiere la intervención del pistero, éste recibirá un salario adicional de:

    $ 22,71 $ 13,62

    El citado adicional se aplicará sobre el salario fijado para el peón general a caballo.

    POR DIA POR MEDIO DIA Peón a caballo de propiedad del trabajador $ 209,76 $ 121,11

    Peón a caballo provisto por el empleador $ 161,40 $ 96,93

    Cuando el empleador brinde el caballo al trabajador, la asignación correspondiente al mismo no será pagada.

    Peón a pie $ 109,65 $ 65,47

    Rondadores por la noche con caballo $ 157,79 $ 94,63

    Cuando no se provea la comida, se abonará al personal lo siguiente:

    1. Por asado de la mañana $ 22,76

    2. Por almuerzo $ 25,13

    PERSONAL MENSUALIZADO Peón con comida $ 1.334,46

    Peón sin comida $ 1.515,07

    TRABAJOS REALIZADOS BAJO LLUVIAY QUE DEJAN EL TERRENO EN MAL ESTADO PARA LOS MISMOS. El jornal tendrá un recargo de:

    Bajo la lluvia $ 20,44

    Terreno en mal estado $ 18,26

  2. - CARGAR HACIENDA EN CAMIONES Y/O VAGONES DE FERROCARRIL.

    CAMION VAGON Vacunos $ 0,37 $ 0,41

    Yeguarizos $ 0,47 $ 0,51

    Lanares $ 0,14 $ 0,18

    Porcinos Convencional.

  3. - LOCALES DE EXPOSICION: Con comida POR DIA POR MEDIO DIA Peones en general a pie $ 109,19 $ 65,51

    Peones generales a caballo con elemento de trabajo $ 161,45 $ 96,90

    Serenos $ 157,79 $ 94,68

  4. - BONIFICACION POR ANTIGÜEDAD: Además de la remuneración fijada para cada categoría, el personal comprendido en la presente Resolución percibirá una bonificación por antigüedad equivalente al UNO POR CIENTO (1%) de la remuneración básica de su categoría por cada año de servicio.

    Comisión Nacional de Trabajo Agrario SALARIOS Resolución 15/2010

    Fíjase la estructura salarial para el personal ocupado en las tareas de cosecha de arroz en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional Nº 3.

    Bs. As., 4/5/2010

    VISTO, el Expediente Nº 47.229/10 del registro del MINISTERIO de TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y CONSIDERANDO:

    Que mediante el Acta Nº 301 de fecha 4 de marzo de 2010, la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 3, eleva a consideración de la COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO, un acuerdo de incremento en las...

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