Resolución 145/2010

Fecha de la disposición11 de Mayo de 2010

Dase por aprobada una contratación celebrada en el marco del Decreto Nº 1421/02 en la Secretaría de Determinantes de la Salud y Relaciones Sanitarias.

Bs. As., 7/5/2010

VISTO la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su Decreto Reglamentario Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002, 577 del 7 de agosto de 2003, 149 del 22 de febrero de 2007 y 1248 del 14 de septiembre de 2009 y el Expediente Nº 1-2002-1374/10-0 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y CONSIDERANDO:

Que el artículo 9º del Anexo de la referida Ley prevé un régimen de contrataciones de personal por tiempo determinado, estableciéndose mediante el artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley citada, las prescripciones a las que estará sujeta la contratación de ese personal.

Que por la Resolución Nº 48/02 de la aludida ex Subsecretaría se aprobaron las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones referido.

Que en ese marco y en orden a satisfacer necesidades de servicio el MINISTERIO DE SALUD ha elevado la propuesta de contratación, por el período comprendido entre el 1º de enero de 2010 y el 31 de diciembre del mismo año, del Dr. D. Julio Alberto HARRIS, a efectos de desempeñarse en el ámbito de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS del referido Ministerio.

Que el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por sus similares Nros. 149/07 y 1248/09, establece que toda contratación, en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación, será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS ($ 5.700).

Que en la contratación propiciada se configura el supuesto previsto en la norma precedentemente citada, correspondiendo al suscripto disponer su aprobación.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del MINISTERIO DE SALUD a fin de atender al gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por sus similares Nros. 149/07 y 1248/09.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Apruébase el contrato de prestación de servicios celebrado entre el MINISTERIO DE SALUD y el Dr. D. Julio Alberto HARRIS (D.N.I. Nº 17.374.755) en el marco de lo establecido por el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164, su Decreto Reglamentario Nº 1421/02 y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA...

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