Resolución 201. RESOL-2019-201-APN-ANAC#MTR

Fecha de disposición21 Marzo 2019
Fecha de publicación21 Marzo 2019
SecciónResoluciones

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 201/2019

RESOL-2019-201-APN-ANAC#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 19/03/2019

Visto el Expediente N° EX-2018-61122300-APN-ANAC#MTR del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con las normas y métodos recomendados internacionales (SARPs) de la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI) que figuran en el Anexo 19 sobre Gestión de la Seguridad Operacional del Convenio sobre Aviación Civil Internacional del que la REPÚBLICA ARGENTINA es parte, y por el Programa Estatal de Seguridad Operacional (SSP), la Autoridad Aeronáutica exige que los Proveedores de Servicios de Navegación Aérea (ANSP), que tengan a cargo los Servicios de Tránsito Aéreo (ATS), implanten y mantengan un Sistema de Gestión de Seguridad Operacional (SMS).

Que los ANSP que tengan a cargo los ATS deben implantar y mantener un SMS de conformidad con el Documento OACI 9859 AN/474, "Manual de Gestión de la Seguridad Operacional" y el "Manual de Fundamentos para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS)", aprobado mediante la Resolución N° 37 de fecha 31 de enero de 2012 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC).

Que asimismo el SMS y el Plan de Implementación deberán elaborarse de conformidad con los procedimientos aprobados por la Autoridad Aeronáutica.

Que, en virtud de lo establecido por la Ley N° 27.161, promulgada por Decreto N° 1425 de fecha 29 de julio de 2015 y el Decreto N°27 de fecha 10 de enero de 2018, la EMPRESA...

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