Resolución 201/2021

Fecha de publicación02 Julio 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE


Ciudad de Buenos Aires, 22/06/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-27437543- -APN-MEG#AGP, las Leyes N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92), N° 25.675, N° 25.831, los Decretos N° 1172 de fecha 3 de diciembre de 2003, N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 modificado por sus similares N° 335 de fecha 4 de abril de 2020 y N° 532 de fecha 9 de junio de 2020, N° 949 de fecha 26 de noviembre de 2020, las Resoluciones N° 33 de fecha 4 de febrero de 2021, N° 103 de fecha 5 de abril de 2021 ambas del MINISTERIO DE TRANSPORTE, N° 1 de fecha 27 de abril de 2021 de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita el procedimiento de audiencia pública conforme lo establecido por la Ley N° 25.675, con relación a la documentación, antecedentes y estudios referidos al Proyecto del Canal de Navegación Magdalena.

Que, al respecto, el artículo 20 de la Ley General del Ambiente N° 25.675 prescribe que las autoridades deberán institucionalizar procedimientos de consultas o audiencias públicas como instancias obligatorias para la autorización de aquellas actividades que puedan generar efectos negativos y significativos sobre el ambiente, y consigna que la opinión u objeción de los participantes no será vinculante para las autoridades convocantes; pero deberán fundamentarla y hacerla pública en caso de que presenten opinión contraria a los resultados alcanzados en la audiencia o consulta pública.

Que, por su parte, por la Ley de Régimen de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental N° 25.831 se establece, entre otras cuestiones, que las autoridades competentes de los organismos públicos están obligadas a facilitar la información ambiental requerida en las condiciones establecidas por la presente ley y su reglamentación, y que la autoridad ambiental nacional, a través del área competente, cooperará para facilitar el acceso a la información ambiental, promoviendo la difusión del material informativo que se genere en las distintas jurisdicciones.

Que por el Decreto N° 949 de fecha 26 de noviembre de 2020 se delegó en el MINISTERIO DE TRANSPORTE la facultad de efectuar el llamado y adjudicación de la licitación para las tareas de dragado y redragado, mantenimiento y señalización, con relación a otros tramos de la vía navegable no comprendidos por la vía navegable troncal comprendida entre el kilómetro 1238 del Río Paraná, punto denominado Confluencia, hasta la Zona de Aguas Profundas...

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