Resolución 201/2020

Fecha de publicación30 Abril 2020
SecciónResoluciones
EmisorADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 29/04/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-28647011- -ANSES-DPAYT#ANSES del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 27.541, los Decretos N° 260 del 12 de marzo de 2020, 287 del 17 de marzo de 2020, 297 del 19 de marzo de 2020, 325 del 31 de marzo de 2020, 355 del 11 de abril de 2020, 408 del 26 de abril de 2020, las Decisiones Administrativas de la Jefatura de Gabinete de Ministros Nº 390 del 16 de marzo de 2020, 427 del 20 de marzo de 2020, 429 del 20 de marzo de 2020, 450 del 2 de abril de 2020, 467 del 6 de abril de 2020, 468 de fecha 6 de abril de 2020 y 490 de fecha 11 de abril de 2020, las Resoluciones Nº 3 del 13 de marzo de 2020 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, Nº RESOL-2020-94- ANSES-ANSES de fecha 21 de abril de 2020 de esta Administración Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 260/20 se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541 por el plazo de UN (1) año, en virtud de la pandemia de Coronavirus COVID-19, declarada con fecha 11 de marzo del corriente año por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS).

Que a través del Decreto N° 297/20 se estableció una medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, con el fin de proteger la salud pública.

Que el mencionado Decreto exceptuó del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular a las personas afectadas a actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, estableciéndose que los desplazamientos de las personas habilitadas deben limitarse al estricto cumplimiento de dichas actividades y servicios y se delegó en el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, en su carácter de coordinador de la “Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional”, la facultad de ampliar o reducir las excepciones dispuestas, en función de la dinámica de la situación epidemiológica.

Que el Decreto N° 408/20 prorrogó hasta el día 10 de mayo de 2020 inclusive, la vigencia del Decreto N° 297/20, prorrogado por los Decretos N° 325/20 y 355/20 y sus normativas complementarias.

Que la Resolución N° 3/20 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS estableció que el titular de cada jurisdicción, entidad u organismo, deberá determinar las áreas esenciales o críticas de prestación de servicios indispensables para la comunidad, a efectos de asegurar su...

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