Resolución 2004/2019
Fecha de publicación | 15 Julio 2022 |
Sección | Convenciones Colectivas de Trabajo |
Emisor | SECRETARÍA DE TRABAJO |
Ciudad de Buenos Aires, 29/10/2019
VISTO el EX - 2018 - 51136513 - APN - DGDMT#MPYT del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que bajo las páginas 3/7 del IF - 2018 - 51183329 - APN - DGDMT#MPYT consignado como orden N° 3 del EX -2018 - 51136513 - APN - DGDMT#MPYT, obran el acuerdo y escalas salariales, celebrados entre la ASOCIACION ARGENTINA DE ARBITROS (CAPITAL), por el sector gremial, y la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO, por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 126/75, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante el texto negocial de marras, las partes acuerdan un aumento salarial complementario para el año 2018 a partir de los haberes del mes de septiembre y diciembre de 2018, respectivamente.
Que el ámbito de aplicación del mentado acuerdo se circunscribe a la estricta correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria emergente de su personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas insertas en el acuerdo y escalas salariales traídos a estudio, acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos y las que obran ante esta Cartera de Estado.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo ha tomado la intervención pertinente.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que por último, correspondería que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO - 2019 - 35 - APN - PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo y escalas salariales celebrados entre la...
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