Resolución 318/2010

Fecha de disposición30 Abril 2010
Fecha de publicación30 Abril 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31895

MARIA FERNANDA VAZ DE BRITO, Abogada, Jefe Secretaría de Actuación Nº 2, Dpto.

Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 30/04/2010 Nº 46470/10 v. 30/04/2010 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Se cita a las personas que se mencionan a continuación en la División Secretaría de Actuación Nº 2, sito en Hipólito Yrigoyen 460, 1º piso, Capital Federal, para que en el plazo de diez días comparezcan a efectos de: a) constituir domicilio en el radio de esta oficina aduanera, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados de esta dependencia en donde quedarán notificadas de pleno derecho todas las providencias y resoluciones que se dictaren (arts. 1001 y 1004 del C.A.) y b) evacuar defensas y ofrecer toda la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 1101 al 1105 del C.A.). Se hace saber que: a) en caso de concurrir un tercero en su representación deberá acreditar personería en su primera presentación conforme los arts. 1030 y ss. del C.A.; b) si plantean cuestiones jurídicas deberán hacerlo con patrocinio letrado (art. 1034 del C.A.), c) si efectúan el pago voluntario de la multa mínima se declarará extinguida la acción y no se registrará antecedente, no siendo necesario el patrocinio letrado a tal fin, y d) en caso de optar por la importación/exportación de la mercadería en infracción en los casos que corresponda, deberán abonarse además los tributos que se indican.

MARIA FERNANDA VAZ DE BRITO, Abogada, Jefe Secretaría de Actuación Nº 2. Dpto.

Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 30/04/2010 Nº 46472/10 v. 30/04/2010 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución N° 318/2010

Bs. As., 23/4/2010

VISTO el Expediente Nº 024-99812242276-790 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), los Decretos Nº 2105 de fecha 4 de diciembre de 2008, Nº 994 de fecha 28 de julio de 2009, la Decisión Administrativa de Jefatura de Gabinete Nº 669 de fecha 20 de diciembre de 2004, la Resolución SIGEN Nº 48 de fecha 5 de mayo de 2005 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, la Resolución SGP Nº 45 de fecha 24 de junio de 2005 de la SUBSECRETARIA DE GESTION PUBLICA, la Disposición ONTI Nº 6 de fecha 3 de agosto de 2005 de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION, las Resoluciones D.E.-N Nº 262 de fecha 30 de agosto de 1999, D.E.-N Nº 405 de fecha 26 de octubre de 1999, D.E.-N Nº 366 de fecha 6 de abril de 2004, D.E.-N Nº 693 de fecha 28 de agosto de 2008, D.E.-A Nº 036 de fecha 21 de enero de 2009, D.E-A Nº 239 de fecha 29 de abril de 2009, D.E.-A Nº 038 de fecha 11 de agosto de 2009, del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), y CONSIDERANDO:

Que la Decisión Administrativa de Jefatura de Gabinete Nº 669 del 20 de diciembre de 2004, define que los Organismos del Sector Público Nacional comprendidos en su artículo 7º, deberán dictar o bien adecuar sus políticas de seguridad de la información conforme a la Política de Seguridad Modelo.

Que, asimismo, dispone en sus artículos 2º y 3º que los mencionados organismos, deberán conformar un COMITE DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION, así como designar un coordinador del mismo.

Que en su artículo 4º detalla las funciones que deberá cumplir el COMITE DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION señalado en el párrafo precedente.

Que la Resolución SIGEN Nº 48 del 5 de mayo de 2005 aprueba las Normas de Control Interno para Tecnología de Información para el Sector Público Nacional, estableciendo en su acápite 9.1, referente a la Seguridad, que se debe garantizar el cumplimiento de las normas establecidas en cuanto al deber de disponer de una política de seguridad de la información.

Que la Resolución SGP Nº 45 del 24 de junio de 2005 faculta al Sr. DIRECTOR NACIONAL de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA a aprobar la Política de Seguridad de la Información Modelo y dictar las normas aclaratorias y complementarias que requiera la aplicación de la Decisión Administrativa Nº 669/04.

Que la Disposición ONTI Nº 6 del 3 de agosto de 2005 aprueba la 'Política de Seguridad de la Información Modelo' referida precedentemente. Asimismo establece en el acápite 4.1.1. de su Anexo I, que la seguridad de la información es una responsabilidad del Organismo compartida por todas las Autoridades, por lo cual debe crearse el COMITE DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION, integrado por representantes de todas las áreas sustantivas del Organismo, destinado a garantizar el apoyo manifiesto de las autoridades a las iniciativas de seguridad.

Que asimismo establece las misiones y funciones que tendrá el...

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