Resolución 26/2010

Fecha de disposición30 Abril 2010
Fecha de publicación30 Abril 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31895

Inscríbese en el Registro Nacional de Cultos a la organización denominada Iglesia Evangélica Pentecostal Jesucristo Rey de Reyes.

Bs. As., 19/4/2010

VISTO la presentación que por Expediente Nº 10.903/09 del registro de este Ministerio efectúa la entidad IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL JESUCRISTO REY DE REYES en la que solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos, según lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº 21.745, y CONSIDERANDO:

Que el artículo 14 de la CONSTITUCION NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.

Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.

Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 21.745 y su Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fojas 88/89 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO RESUELVE:

Artículo 1º

Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el Nº 4257 a la organización denominada IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL JESUCRISTO REY DE REYES, con sede central en la Manzana Nº 10 calle 153.

Nº 7294, Barrio ltaembe Mini, Ciudad de Posadas, PROVINCIA DE MISIONES.

Art. 2º

Regístrese la firma del señor Robinson Gustavo CORREA (M.I. Nº 22.069.919) en su carácter de Presidente, bajo el número 8762 y procédase a extender la documentación correspondiente.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Guillermo R.Oliveri.

Secretaría de Culto CULTO Resolución 23/2010

Inscríbese en el Registro Nacional de Cultos a la organización denominada Centro Cristiano Nueva Vida de Entre Ríos.

Bs. As., 24/2/2010

VISTO la presentación que por Expediente Nº 28.845/09 del registro de este Ministerio efectúa la entidad CENTRO CRISTIANO NUEVA VIDA DE ENTRE RIOS en la que solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos, según lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº 21.745, y CONSIDERANDO:

Que el artículo 14 de la CONSTITUCION NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.

Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.

Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 21.745 y su Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fojas 50 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO RESUELVE:

Artículo 1º

Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el Nº 4216 a la organización denominada CENTRO CRISTIANO NUEVA VIDA DE ENTRE RIOS, con sede central en la calle 3 de febrero Nº 2825, Ciudad de Chajarí,

Departamento de Federación, PROVINCIA DE ENTRE RIOS.

Art. 2º

Regístrese la firma del señor Oscar Luis ZAMBON (M.I. Nº 12.337.780) en su carácter de Representante Legal, bajo el número 8697 y procédase a extender la documentación correspondiente.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Guillermo R. Oliveri.

Secretaría de Culto CULTO Resolución 24/2010

Inscríbese en el Registro Nacional de Cultos a la organización denominada Catedral Milagrosa.

Bs. As., 24/2/2010

VISTO la presentación que por Expediente Nº 10.906/09 del registro de este Ministerio efectúa la entidad CATEDRAL MILAGROSA en la que solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos, según lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº 21.745, y CONSIDERANDO:

Que el artículo 14 de la CONSTITUCION NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.

Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.

Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 21.745 y su Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fojas 82 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO RESUELVE:

Artículo 1º

Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el Nº 4212 a la organización denominada CATEDRAL MILAGROSA, con sede central en la calle Bv. Saenz Peña Nº 2819,

Ciudad de San Francisco, PROVINCIA DE CORDOBA.

Art. 2º

Regístrese la firma del señor Roque Gabriel CARNAGHI (M.I. Nº 6.433.094) en su carácter de Presidente, bajo el número 8693 y procédase a extender la documentación correspondiente.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Guillermo R. Oliveri.

Secretaría de Culto CULTO Resolución 25/2010

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