Resolución 200/2015

Fecha de disposición01 Septiembre 2015
Fecha de publicación07 Septiembre 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33208



JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

Resolución 200/2015Bs. As., 01/09/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP:EXP-JGM 0028048/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto N° 14 del 5 de enero de 2012, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 52, del 22 de marzo de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 14, del 5 de enero de 2012 se aprobó el Régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal que revista en los organismos comprendidos en el artículo 8° de la Ley N° 24.156.

Que en virtud de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA N° 52, del 22 de marzo de 2012, se reglamentó el precitado decreto habiéndose establecido los requisitos que deben reunir las entidades que deseen inscribirse en el mencionado REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL RÉGIMEN DE DEDUCCIÓN DE HABERES.

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la solicitud de inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL RÉGIMEN DE DEDUCCIÓN DE HABERES, efectuada por “EL MAGISTERIO ASOCIACIÓN DE PROTECCIÓN MUTUA”.

Que el área técnica competente analizó la documentación acompañada por la peticionante en el marco normativo citado precedentemente, aconsejando la inscripción de “EL MAGISTERIO ASOCIACIÓN DE PROTECCIÓN MUTUA” en el REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL RÉGIMEN DE DEDUCCIÓN DE HABERES.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades...

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