Resolución 2.

Fecha de disposición10 Octubre 2017
Fecha de publicación10 Octubre 2017
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SEGUNDA COMISIÓN DE SALARIOS DE TRABAJO A DOMICILIO PARA LA INDUSTRIA DEL VESTIDO

Resolución 2/2017

Buenos Aires, 04/10/2017

VISTO, el Expediente N° 1-2015-1.760.978/2017 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 12.713, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1.184 de fecha 22 de diciembre de 2005 y la Disposición de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES N° 122 de fecha 19 de septiembre de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 12.713 estableció el Régimen de Trabajo a Domicilio.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1.184/05, se instituyeron la Primera y la Segunda Comisión de Salarios de Trabajo a Domicilio para la Industria del Vestido.

Que por Disposición de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES N° 122/17 se determinó la actual integración de las citadas Comisiones.

Que en el citado expediente obra el tratamiento del incremento de las tarifas de salarios mínimos correspondientes al ámbito de la Segunda Comisión de Salarios de Trabajo a Domicilio para la Industria del Vestido.

Que, analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido las representaciones sectoriales en cuanto a la pertinencia del incremento en las remuneraciones mínimas para los trabajadores de la actividad, debe procederse a su determinación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo...

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