Resolución 2/2022

Fecha de publicación14 Noviembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE


Ciudad de Buenos Aires, 10/11/2022

VISTO el expediente EX-2022-109259416-APN-DGD#MTR, la Ley N° 27.132, el Decreto N° 194 de fecha 18 de abril de 2022, la Resolución N° 300 del 30 de agosto de 2021 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la Resolución N° 4 del 19 de noviembre de 2020 de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la Resolución N° 4 del 29 de abril de 2021 de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la Resolución N° 8 del 19 de noviembre de 2021 de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, el expediente EX-2020-71488620-APN-SECPT#MTR, el expediente EX-2020-73808973- APN-DGD#MTR, el expediente EX-2022-53232918-APN-DGD#MTR, el expediente EX-2022-65668039-APN-DGD#MTR, el expediente EX-2022-51272309-APN-DGD#MTR, el Memorándum de Entendimiento IF-2022-91695615-APN-SECPT#MTR entre el MINISTERIO DE TRANSPORTE y ARGENTINE GCC BUSINESS PLATFORM S.A. y el expediente EX-2022-89279935-APN-DGD#MTR, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.132 establece como uno de los principios de la política ferroviaria nacional la interconexión de los sistemas ferroviarios y la intermodalidad de los servicios de transporte (artículo 2°, inciso c).

Que la Resolución N° 300/2021 del MINISTERIO DE TRANSPORTE aprobó el “Programa Puntos de Asistencia en Ruta al Autotransporte Registrado (PARAR)” con el objeto de diseñar y desarrollar puntos de asistencia en ruta en todo el territorio nacional con criterio orgánico e integrador, a través de una red nacional que brinde servicios al autotransporte registrado en cualquier región del país, que facilite el cumplimiento de las exigencias del descanso y la apoyatura a la actividad de suministro y abastecimiento, y que se articule con los principales centros generadores y atractores de viajes, de transferencia de cargas y nodos logísticos, de forma tal de complementar las medidas de carácter regulatorio con aquellas otras de desarrollo infraestructural que hagan posible la verdadera jerarquización de los servicios de transporte productivo, logística y fortalecimiento de las cadenas de valor (artículo 1°).

Que el Anexo I de la citada resolución contempla dentro de la tipología de nodos a desarrollar la Interfase Logística, “que constituye una base especializada de servicios complementarios a la carga y la actividad económica en espacios de más de 10 hectáreas para el movimiento y estacionamiento de más de 200 camiones. La instalación de un Punto de Asistencia en dichos espacios permite descongestionar las rutas, reducir las esperas/demoras de los transportistas en las terminales o puertos y generar mejores condiciones de trabajo para los transportistas”.

Que la Resolución N° 8/2021 de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL aprueba los lineamientos conceptuales para el desarrollo del “Programa Puntos de Asistencia en Ruta al Autotransporte Registrado (PARAR)” creado por el artículo 1° de la Resolución N° 300/2021 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y en su Anexo (IF-2021-112705030-APN-SAI#MTR) describe los Puntos de Asistencia de Interfase Logística como aquellos...

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