Resolución 2/2021

Fecha de publicación08 Enero 2021
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE


Ciudad de Buenos Aires, 07/01/2021

VISTO el EX-2020-18084511-APN-DAJ#INCUCAI, las Leyes Nros. 26.928 de creación del Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas y en Lista de Espera, y 27.447 de rasplante de Órganos, Tejidos y Células, la RESFC-2020-67-APN-D#INCUCAI, la RESOL-2020-1-APN-D#INCUCAI, la RESFC-2020-102- APN-D#INCUCAI, la RESFC-2020-129-APN-D#INCUCAI, la RESFC-2020-180-APN-D#INCUCAI, la RESFC-2020-211-APN-D#INCUCAI; y la RESFC-2020-258-APN-D#INCUCAI; y

CONSIDERANDO

Que en el contexto de la Pandemia declarada por COVID-19 y las medidas decretadas al respecto por el Gobierno Nacional, el INCUCAI -entre otras cuestiones- dispuso mediante RESFC-2020-67-APN-D#INCUCAI, la prórroga de la vigencia de los plazos de vencimiento de las credenciales emitidas en el marco de la Ley N° 26.928, y de las habilitaciones otorgadas por este Organismo Nacional a establecimientos, médicos y equipos de profesionales de salud de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27.447; suspendiéndose, además, los plazos para la presentación de los trámites vinculados a dichas habilitaciones.

Que la mencionada decisión ha sido sucesivamente prorrogada por RESOL-2020-1-APN-D#INCUCAI, RESFC2020-102-APN-D#INCUCAI, RESFC-2020-129-APN-D#INCUCAI, RESFC-2020-180-APND#INCUCAI, RESFC-2020-211-APN-D#INCUCAI, y la RESFC-2020-258-APN-D#INCUCAI hasta el 31 de diciembre del año en curso.

Que en atención a que aún persisten las razones que dieron origen al dictado de las medidas contenidas en la RESFC-2020-67-APN-D#INCUCAI, corresponde mantener las mismas y efectuar una nueva prórroga de aquellas disposiciones...

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