Resolución 2/2020

Fecha de publicación21 Enero 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 07/01/2020

VISTO el EX-2019-113277506- -APN-DDYGD#MECCYT, la Ley Nº 25.613, el Decreto Nº 515 de fecha 24 de Julio de 2019, las Resoluciones Nros. RESOL-2018-259-APN-MCT de fecha 21 de marzo de 2018 y RESOL-2019-632-APN-SGCTEIP#MECCYT de fecha 15 de agosto de 2019 del registro de la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 515/2019, se establecieron las medidas especiales para la facilitación y simplificación de los trámites administrativos vinculados al ingreso al país de bienes que se encuentren amparados en el Régimen establecido por la Ley Nº 25.613.

Que en dicho Decreto se detallaron las modificaciones para los trámites de la importación de insumos para la investigación científica.

Que asimismo se estableció por la norma citada precedentemente que los organismos comprendidos en los incisos a) y b) del artículo 8º de la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias deberán informar respecto de las intervenciones administrativas que resulten exigibles en las operaciones beneficiadas en el marco de la Ley Nº 25.613.

Que por el Decreto citado, también se delego en la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CIENCIA TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, que en la actualidad resulta ser el MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN la potestad de dictar las normas complementarias y aclaratorias que resulten pertinentes para la implementación del mismo.

Que como consecuencia de ello, se dictó la RESOL-2019-632-APN-SGCTEIP#MECCYT que adaptó el procedimiento para la obtención del certificado ROECyT según las pautas fijadas en dicho Decreto.

Que con fecha 04 de diciembre de 2019 se comunicó a la comunidad científica y tecnológica que el llamado ROECyT 2.0 se encontraba en vigencia.

Que ello ocurrió pese a que el aplicativo correspondiente no había sido adecuadamente probado y no funcionaba correctamente.

Que este error habilitó la carga de trámites para la obtención del nuevo certificado Ley Nº 25.613 sin que estuviera correctamente articulada la implementación funcional de los aplicativos a distancia.

Que por el artículo 3º de la RESOL-2019-632-APN-SGCTEIP#MECCYT se estableció que la entrada en vigencia del procedimiento sería partir de la implementación funcional de los aplicativos a distancia, circunstancia que no ha operado a la fecha, atento a que los correspondientes aplicativos no funcionan adecuadamente.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR