Resolución 2/2019

Fecha de publicación09 Diciembre 2019
SecciónResoluciones
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN REGIONAL ADUANERA CENTRAL


Córdoba, Córdoba, 05/12/2019

VISTO, la disposición DI-2019-207-E-AFIP-ADMEND#SDGOAI, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del convenio N° 12/2015 (AFIP) firmado entre ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y el BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES el día 09/11/2015, para la realización de subastas públicas, y la adenda de fecha 13/06/2017 mediante la cual se modifica la cláusula OCTAVA, ampliándose la realización de subasta a todo el territorio nacional, en el lugar fecha y horario que se fijen entre las partes.

Que ha tomado intervención la División Coordinación de Secuestros y Rezagos y la División Evaluación y Control Operativo Regional de la Dirección Regional Aduanera Central.

Que el Departamento Aduana de Mendoza, se ha expedido en el acto administrativo citado en el visto, ordenando comercializar la mercadería correspondiente a las actas lote.

Que la comercialización impulsada se efectuará en Pública Subasta en los términos del convenio celebrado entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y el BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES, para la comercialización de mercaderías a través de dicha entidad.

Que concluida la Subasta Pública y los actos posteriores relativos a la misma, previo al archivo de las Actuaciones, se deberá dar intervención a las Aduanas correspondientes para la supervisión de lo actuado, de conformidad a lo establecido en el CÓDIGO ADUANERO.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997 y la Disposición Nº 79/16 (AFIP).

Por ello,

EL DIRECTOR REGIONAL DE LA...

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