Resolución 199/2015

Fecha de disposición11 Mayo 2015
Fecha de publicación15 Mayo 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33130



MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS

SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 199/2015Bs. As., 11/5/2015

VISTO el Expediente N° S01:0137414/2013 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Firma YPF ENERGÍA ELÉCTRICA SOCIEDAD ANÓNIMA ha comunicado haber asumido la titularidad, a partir del 1° de agosto de 2013, de la CENTRAL TÉRMICA TUCUMÁN y de la CENTRAL TÉRMICA SAN MIGUEL DE TUCUMÁN, ubicadas ambas en la Ruta Nacional N° 9, Km. 1272, localidad de EL BRACHO, Provincia de TUCUMÁN, que se encontraban incorporadas al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) en calidad de Generadores, en virtud de la transferencia de la propiedad por parte de su anterior titular, la Firma PLUSPETROL ENERGY SOCIEDAD ANÓNIMA, como resultado del proceso de escisión del patrimonio de esta última Firma.

Que la Firma mencionada en primer término solicita su habilitación para seguir actuando con continuidad en dicho mercado, como nuevo titular y en el mismo carácter que el anterior titular de dicha planta.

Que la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) ha informado que, conforme el marco normativo de su competencia, la Firma YPF ENERGÍA ELÉCTRICA SOCIEDAD ANÓNIMA cumple con los requisitos exigidos para operar en el citado MERCADO.

Que la información del cambio de titularidad ha sido publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA N° 32.701 de fecha 14 de agosto de 2013.

Que no se han presentado objeciones derivadas de dicha publicación.

Que la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA dependiente de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la citada Subsecretaría han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE ENERGÍA

RESUELVE:

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