Resolución 1989/2014

Fecha de la disposición22 de Octubre de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 1989/2014Bs. As., 22/10/2014

VISTO el Expediente N° 1.635.937/14 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 109/111 del Expediente N° 1.635.937/14 obra el acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION, por la parte sindical, y la CAMARA ARGENTINA DE PRODUCTORES AVICOLAS, por la parte empresaria, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado acuerdo los agentes negociadores convienen nuevas condiciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 613/10.

Que el ámbito de aplicación del acuerdo se corresponde con la representatividad de la entidad empresaria signataria y de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada a autos y ratifican en todos sus términos el mentado texto.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION y la CAMARA ARGENTINA DE PRODUCTORES AVICOLAS, que luce a fojas 109/111 del Expediente N° 1.635.937/14, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o...

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