Resolución 198/2020

Fecha de publicación30 Julio 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE ENERGÍA


Ciudad de Buenos Aires, 28/07/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2019-94292484-APN-DGDOMEN#MHA y los Expedientes Nros. EX-2019-109981461-APN-DGDOMEN#MHA, EX-2019-113356876-APN-DGDOMEN#MHA y EX-2020-14859943-APN-DGDOMEN#MHA, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, en uso de las facultades del ESTADO NACIONAL y sin perjuicio del carácter federal de las vinculaciones de los Grandes Usuarios con el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), consideró conveniente establecer las condiciones básicas cuyo cumplimiento permita a los Prestadores Adicionales de la Función Técnica de Transporte (PAFTT) aplicar, para esa prestación, lo establecido por los respectivos marcos regulatorios locales o por los regímenes regulatorios aplicables en cada caso, a fin de que perciban ingresos suficientes que les permitan cubrir los costos razonables resultantes de la prestación eficiente del servicio de redes sujeto a las exigencias de calidad de servicio vigentes en cada jurisdicción.

Que, por ello, en virtud de lo dispuesto por la Resolución N° 672 de fecha 15 de mayo de 2006 de ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, el Prestador Adicional de la Función Técnica de Transporte (PAFTT) se encuentra facultado para solicitar la conformidad para aplicar las condiciones de la Prestación Adicional de la Función Técnica de Transporte Firme (PAFTT Firme) de acuerdo al Punto 3 Condiciones para la Prestación de la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica del Anexo 27 “Reglamentación Aplicable a la Prestación Adicional de la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica Firme en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM)”, de los “Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios” (Los Procedimientos).

Que la ex SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la citada ex Secretaría, a través de la Comunicación publicada en el Boletín Oficial Nº 30.931 de fecha 22 de junio de 2006, estableció los requisitos formales necesarios para tal solicitud.

Que, en las actuaciones citadas en el Visto, SERVICIOS ENERGÉTICOS DEL CHACO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (SECHEEP) de la Provincia...

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