Resolución 1963/2019

Fecha de publicación11 Noviembre 2019
SecciónResoluciones
EmisorSUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD


Ciudad de Buenos Aires, 07/11/2019

VISTO los Expedientes Nº 206670/2012 SSSALUD y Nº EX-2019-93185549-APN-SEC#SSS, ambos del registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, la Ley Nº 26.682, los Decretos N° 1993 del 30 de Noviembre de 2011 y Nº 66 del 22 de enero de 2019, las Resoluciones Nº 55 del 23 de enero de 2012 y Nº 132 del 19 de octubre de 2018, ambas de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Nº 206670/2012 SSSALUD tramitó la presentación realizada por la ASOCIACIÓN ECLESIÁSTICA DE SAN PEDRO a los efectos de obtener su inscripción en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP), habiendo obtenido oportunamente su inscripción provisoria bajo el número 3-2042-3.

Que por el Expediente electrónico EX-2019-93185549-APN-SEC#SSS la citada entidad presentó una nota en la que comunica su decisión de darse de baja en forma definitiva del Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP), por cuanto informa que ha dejado de brindar la actividad para la cual oportunamente solicitó inscribirse.

Que en efecto, la entidad informó que no presta actualmente actividades alcanzadas por la Ley Nº 26.682, habiendo traspasado el servicio médico asistencial que brindara a sus usuarios, dejando de revestir su condición de afiliados la totalidad de sacerdotes y religiosos que componían su padrón para pasar a ser beneficiarios de un nuevo organismo creado por la misma Conferencia Episcopal Argentina, denominado “Conferencia Episcopal Argentina - Asociación Eclesiástica de San Pedro” (CEA-SAN PEDRO), cuya actividad no se encuentra alcanzada por la normativa aplicable en función de no constituir un servicio de afiliación voluntaria ni requerirse a sus beneficiarios el pago de una cuota mensual por la disponibilidad de servicios de salud a su alcance.

Que por el contrario, dicha actividad se encuentra enmarcada bajo un régimen jurídico propio y regida por los lineamientos establecidos en el Concordato firmado entre la Nación Argentina y la Santa Sede en el año 1966, que tiene jerarquía superior a las Leyes.

Que mediante el Decreto Nº 1993/2011, el Poder Ejecutivo Nacional ha dispuesto la reglamentación de la Ley Nº 26.682, estableciendo expresamente en el artículo 4º que el entonces MINISTERIO DE SALUD, a través de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, es la autoridad de aplicación de dicha norma.

Que en virtud de ello, esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD tiene a su cargo todos los objetivos...

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