Resolución 195/2019

Fecha de publicación10 Septiembre 2019
SecciónResoluciones
EmisorCOMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
Buenos Aires, 03/09/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-59322059-APN-DGDMT#MPYT, y

CONSIDERANDO:

Que en el citado expediente obra el tratamiento de las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la actividad FORESTAL, en el ámbito de la Provincia de MISIONES.

Que analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido las representaciones sectoriales en cuanto a la pertinencia del incremento de las remuneraciones mínimas para la actividad, debe procederse a su determinación.

Que, asimismo, deciden instaurar una cuota aporte de solidaridad gremial aplicable sobre el total de las remuneraciones de los trabajadores que se desempeñan en el marco de la presente actividad, y determinar su plazo de vigencia, límites de aplicación y modo de percepción por la entidad sindical signataria.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 de la Ley N° 26.727.

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la actividad FORESTAL, en el ámbito de la Provincia de MISIONES, las que tendrán vigencia a partir del 1° de agosto de 2019, 1° de noviembre de 2019 y 1° de enero de 2020, hasta el 30 de junio de 2020, conforme se detalla en los Anexos I, II, y III que forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Las remuneraciones establecidas en la presente mantendrán su vigencia aún vencido el plazo previsto en el artículo 1º, y hasta tanto no sean reemplazadas por las fijadas en una nueva Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Establécese un adicional por presentismo. El mismo tendrá un valor de DOS (2) jornales conforme la categoría que cada trabajador revista. Este incentivo se abonará a aquel trabajador que concurra a trabajar un mínimo de VEINTIDÓS (22) jornales al mes sin registrar ausencias injustificadas y se abonará conjuntamente con los jornales correspondientes a la segunda quincena.

ARTÍCULO...

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