Resolucion 193

Fecha de publicación27 Marzo 2008
Fecha de disposición27 Marzo 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31372

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1°

Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION DE SINDICATOS DE LA INDUSTRIA MADERERA DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector de los trabajadores y la FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE LA MADERA Y AFINES por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 335/75 Rama Aserraderos, de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004), glosado a fojas 1/2 del Expediente N° 1.255.443/08.

ARTICULO 2°

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo obrante a fojas 1/2 del Expediente N° 1.255.443/08.

ARTICULO 3°

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4°

Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 335/75.

ARTICULO 5°

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6°

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.255.443/08

Buenos Aires, 26 de febrero de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 192/08, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1/2 del expediente de referencia, quedando registrado con el N° 165/08. -P/a LUCIANA SALAZAR RIZZO.

En la Nº 31.372 40Jueves 27 de marzo de 2008

CATEGORIA VALORES SUMA NO HORARIOS REMUNERATIVA DESDE 01/01/2008 HASTA 01/01/2008 28/02/2008

Oficial Modelista $ 8,14 $ 175,00

Oficial Cortador $ 7,26 $ 155,00

Oficial $ 7,26 $ 155,00

Emboquillador Oficial $ 7,26 $ 155,00

Planchador Of. Máq. $ 7,26 $ 155,00

Billeteras Of. Máq. Cañón $ 7,26 $ 155,00

Of. Máq. Sold. $ 7,26 $ 155,00

Eléct.

Of. Máq. Zigzag $ 7,26 $ 155,00

Oficial...

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