Resolución 1928/2019

Fecha de publicación14 Julio 2022
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorSECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 24/10/2019

VISTO el Expediente N° 1.798.344/188 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o.1.976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.2.004) y

CONSIDERANDO:

Que en las referidas actuaciones tramita la solicitud de homologación de los Acuerdos celebrados, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 375/99, entre la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS, DERIVADOS Y AFINES DE LA PLATA, el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS, DERIVADOS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS, DERIVADOS Y AFINES DE MAR DEL PLATA Y ZONA, el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, DERIVADOS Y AFINES –PROVINCIAS DE NEUQUEN Y RIO NEGRO, EXCEPTO GENERAL CONESA, y el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS E HIDROGENO DE LA PATAGONIA SUR, por el sector sindical, y las empresas CAMUZZI GAS DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA, y CAMUZZI GAS PAMPEANA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, obrantes respectivamente a fojas 2/7 del Expediente N° 1.798.344/18, a fojas 2/5 del Expediente N° 1.798.561/18 (agregado al principal como fojas 12), y a fojas 47/51 del Expediente N° 1.798.344/18, como así los suscriptos en fecha 25 de julio de 2.018 (obrante en los números de orden 3 del IF-2018-39134341-APN-DGD#MT, agregado al EX 2018-39065311-APN-DGD#MT, y que constituye la foja 15 del principal), y en 05 de diciembre de 2.018 (obrante en los números de orden 2/3 del IF-2018-65283375-APN-DGDMT#MPYT, agregado al EX-2018-65015795-APN-DGDMT#MPYT, que constituye la foja 64 del principal), junto a las escalas salariales obrantes a fojas 68/70 del Expediente N° 1.798.344/18, todo ello conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dichos acuerdos las partes pactan nuevas condiciones salariales aplicables a los trabajadores de las empleadoras, comprendidos en el citado Convenio Colectivo de Trabajo N° 375/99, con vigencia el primero de ellos desde el mes de abril de 2.018, conforme los detalles impuestos en cada uno de los instrumentos.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que el ámbito de aplicación de los...

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