Resolución 191/2020

Fecha de publicación04 Agosto 2020
SecciónResoluciones
EmisorAUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR


Ciudad de Buenos Aires, 01/08/2020

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la solicitud para el Permiso Individual para el Propósito “3.7.1- Especialista en física de la radioterapia” presentado por la LICENCIADA Judith KESSLER, lo actuado en el Expediente N° 04697-IN, Actuación 03/2019 y en el Expediente Electrónico N° EX-2020-43213174 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio. Asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que la LICENCIADA Judith KESSLER ha presentado a esta ARN la solicitud de su Permiso Individual para el Propósito “3.7.1- Especialista en física de la radioterapia”.

Que conforme lo informado por el responsable del SECTOR DE FACTURACIÓN Y COMERCIO EXTERIOR de esta ARN, la solicitante posee deuda en concepto de tasa regulatoria según Facturas N° 0001-00049776 y 0001-00054086.

Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios del material radiactivo el pago anual de una tasa regulatoria.

Que el otorgamiento de un Permiso Individual a un usuario de material radiactivo que no da cumplimiento al requisito exigido por el Artículo 26, conlleva una excepción a lo dispuesto en la normativa vigente, que esta ARN debe fundar en razones de oportunidad, mérito y/o conveniencia en cada caso en particular.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) solicitó que, con carácter de excepción, se autorice la prosecución del trámite de solicitud de la LICENCIADA Judith KESSLER.

Que la solicitante se desempeña en el DEPARTAMENTO DE TERAPIA RADIANTE DEL INSTITUTO DE ONCOLOGÍA “ÁNGEL H. ROFFO”, por lo que resulta...

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