Resolución 190.

Fecha de disposición24 Mayo 2016
Fecha de publicación24 Mayo 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 190/2016

Bs. As., 23/05/2016

VISTO el expediente N° 2275/2016 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, las Resoluciones de la entonces SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, actual MINISTERIO DE CULTURA, N° 2641/11, N° 3385/11, N° 5701/11, N° 3149/12, N° 4018/12, N° 5158/12, N° 6799/12, N° 5420/13, N° 6082/13, N° 7495/13, las Resoluciones del MINISTERIO DE CULTURA N° 2476/14, N° 1150/15, N° 4941/15, los Decretos N° 11 y N° 13 del 10 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el MINISTERIO DE CULTURA tiene entre sus competencias entender en la formulación y ejecución de las políticas de la jurisdicción, destinadas a estimular y favorecer la expresión cultural en todas sus formas, y planificar políticas de financiamiento de la actividad cultural junto con el sector privado y organizaciones de la sociedad civil, entre otras.

Que el MINISTERIO DE CULTURA tiene entre sus objetivos promover la inclusión y el acceso a la cultura de la población, respetando la diversidad cultural del país.

Que el PROGRAMA PUNTOS DE CULTURA, creado por Resolución de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, actual MINISTERIO DE CULTURA, N° 2641/11 contribuye a alcanzar el objetivo enunciado, mediante el fortalecimiento del trabajo de las organizaciones sociales y comunidades indígenas que promuevan la inclusión social, la identidad local, la participación ciudadana y el desarrollo regional a través del arte y la cultura.

Que, mediante las Resoluciones de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, actual MINISTERIO DE CULTURA, N° 3385/11, N° 5701/11, N° 3149/12, N° 6799/12, N° 7495/13 y Resolución MC 2476/14 se aprobaron la primera, segunda y tercera convocatoria para la presentación de proyectos del programa, así como la nómina de organizaciones sociales y comunidades indígenas seleccionadas como Puntos de Cultura en cada una de ellas.

Que mediante las Resoluciones de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, actual MINISTERIO DE CULTURA, N° 5158/12, N° 5420/13 se aprobó el Fondo Concursable "Círculos de Cultura" y las organizaciones seleccionadas como tales.

Que, en el marco de dichas convocatorias, se conformó la Red Nacional de Puntos de Cultura, que incluye a todas las organizaciones seleccionadas.

Que, mediante la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, actual MINISTERIO DE CULTURA, N° 4018/12, se estableció la creación del Programa de CAPACITACIÓN, FORMACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA LOS PUNTOS DE CULTURA, conjuntamente con las Universidades Nacionales.

Que en el marco de la expansión de las políticas de base cultural comunitaria en Iberoamérica, se ha adherido al PROGRAMA IBERCULTURA VIVA en virtud de potenciar el trabajo de las organizaciones de cultura comunitaria y la integración de los Puntos de Cultura o experiencias similares en dicho espacio cultural, y mediante la Resolución MC N° 1150/15 se ha transferido la cuota correspondiente al año 2015.

Que en el Anexo I de la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, actual MINISTERIO DE CULTURA, N° 2641/11 de creación del Programa PUNTOS DE CULTURA se previó la implementación de distintos componentes, a saber: líneas de subsidios; entregas de materiales de producción y comunicación; instancias de acompañamiento, formación, capacitación y asistencia técnica; desarrollo de actividades del MINISTERIO DE CULTURA en los Puntos de Cultura a través de Puente Cultura Nación; y la creación de un Consejo Nacional de Puntos de Cultura.

Que en función de lo actuado durante los años 2011 a 2015, es necesario comenzar una segunda etapa del programa que fortalezca y amplíe lo realizado, contemplando a mayor cantidad de actores sociales (redes y colectivos diversos), nuevas líneas de subsidios y nuevas estrategias de acción.

Que el propósito principal del PROGRAMA PUNTOS DE CULTURA, en esta segunda etapa, será entonces fortalecer las redes de cultura comunitaria y el trabajo de las organizaciones de la sociedad civil a través del apoyo económico y técnico para la realización de proyectos culturales comunitarios que promuevan la inclusión social, la revalorización de la identidad local y la participación ciudadana en todo el país. En especial, la consolidación de la Red Nacional de Puntos de Cultura, para lo cual es necesario promover acciones en conjunto, entre el MINISTERIO DE CULTURA, otros Organismos Públicos y los Puntos de Cultura.

Que dichas acciones deben contribuir también al fortalecimiento de otras Redes de Cultura Comunitaria del país, a las organizaciones que las integran y a los demás colectivos culturales, permitiendo la difusión de los proyectos y la presentación de las actividades realizadas, como así también potenciar los espacios de articulación y la realización de actividades culturales comunitarias con mayor impacto a nivel territorial y regional.

Que asimismo, y como eje prioritario del empoderamiento ciudadano y la visibilización del sector, es indispensable generar los mecanismos institucionales para la conformación de un Consejo Cultural Comunitario con participación de las Redes de Cultura Comunitaria del país, y que se replique a nivel regional, con proyecciones provinciales y municipales.

Que en función de lo expuesto, y a los efectos de que ingresen nuevos Puntos de Cultura a la Red Nacional, es necesario realizar convocatorias para la presentación de proyectos.

Que las convocatorias pasadas del Programa Puntos de Cultura contaron con una gran cantidad de organizaciones de la sociedad civil que no lograron completar la documentación, o sus proyectos carecían de algunos requisitos, o bien los tiempos de convocatoria no se correspondían con las necesidades de ejecución de los mismos.

Que en virtud de ello, es necesario realizar una convocatoria de mayor extensión temporal y con posibilidades de presentación de proyectos de manera permanente, para adecuar los mecanismos a los tiempos y requisitos de las organizaciones.

Que este procedimiento permitiría realizar una asesoría administrativa más eficaz para las organizaciones y aceleraría el circuito administrativo interno.

Que es decisión de este MINISTERIO DE CULTURA desarrollar la segunda etapa del PROGRAMA PUNTOS DE CULTURA y destinar el monto de PESOS VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO SESENTA Y SIETE ($24.937.167) para el cumplimiento de las acciones previstas durante el presente año.

Que es decisión de este MINISTERIO DE CULTURA realizar durante el año 2016 una convocatoria permanente, con 3 instancias de selección de proyectos, afectando del monto previsto en el considerando anterior la suma de PESOS DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($16.800.000) y que constituye la CUARTA CONVOCATORIA del PROGRAMA PUNTOS DE CULTURA.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el gasto que demande el presente plan de trabajo cuenta con el financiamiento establecido en el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el Presente Ejercicio fijado en los términos de la Ley 27.198 y la Decisión Administrativa N° 10 de fecha 19 de enero de 2016.

Que la presente medida se dicta con fundamento en las facultades delegadas por los Decretos N° 1344/07, N° 101/85; y en la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO

DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Apruébase la realización de la segunda etapa del PROGRAMA PUNTOS DE CULTURA, cuyo detalle obra en el Anexo I, que forma parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°

Apruébase la CUARTA CONVOCATORIA para la presentación de proyectos en el marco del Programa Puntos de Cultura y su Reglamento de Bases y Condiciones contenido en el Anexo II de la presente medida.

ARTÍCULO 3°

Asígnase el monto de PESOS VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO SESENTA Y SIETE ($24.937.167) como presupuesto de las acciones programadas, de acuerdo al detalle establecido en el Anexo III del presente acto.

ARTÍCULO 4°

Destínanse PESOS DIECISEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($16.800.000), del presupuesto asignado en el Artículo 3°, a la atención de los proyectos que serán seleccionados en el marco de la convocatoria aprobada por el artículo 1°.

ARTÍCULO 5°

Créase la Comisión Evaluadora de Proyectos y desígnase como integrantes de la misma a las personas consignadas en el Anexo IV que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°

Establécese a la SUBSECRETARÍA DE CULTURA CIUDADANA de la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD del MINISTERIO DE CULTURA como autoridad de aplicación del PROGRAMA PUNTOS DE CULTURA.

ARTÍCULO 7°

El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias del presente ejercicio correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 - MINISTERIO DE CULTURA - PROGRAMA 47.

ARTÍCULO 8°

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Lic. ALEJANDRO PABLO AVELLUTO, Ministro de Cultura.

ANEXO I

PROGRAMA PUNTOS DE CULTURA - Segunda etapa

  1. FUNDAMENTACIÓN

    La sociedad civil alberga prácticas públicas de acción en favor del bienestar local y global, gestionadas desde programas de arte y cultura ligados a tramas organizativas existentes, condicionadas por los contextos específicos en los que...

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