Resolución 19/2022

Fecha de publicación06 Diciembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorCONSEJO FEDERAL PESQUERO


Ciudad de Buenos Aires, 30/11/2022

VISTO la Ley N° 24.922, la Resolución N° 8, de fecha 3 de junio de 2021, del Registro del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la resolución citada en el visto se actualizaron y ordenaron las medidas de manejo de condrictios, entre las que se encuentran: la prohibición de pesca objetivo de condrictios, la obligación de retornar al mar los ejemplares vivos de tiburones y trasladar los muertos a institutos de investigación.

Que en relación con la obligación de declarar, preservar, desembarcar y coordinar el traslado de algunos ejemplares de tiburón que lleguen muertos a cubierta, establecida por el artículo 7° de las citadas medidas de manejo, el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP), mediante nota (NO-2022-49807399-APN- DNI#INIDEP) ha informado que se está produciendo la captura incidental, por parte de buques pesqueros, de ejemplares de esas especies, a los que los Observadores a bordo han accedido y sobre los que han podido registrar todos los datos necesarios para su estudio, por lo que no resulta necesario el traslado de los mismos al Instituto de Investigación, condición que podría hacerse extensiva a las mareas sucesivas de los buques que cuenten con Observadores a bordo.

Que, en virtud de lo expuesto, se ha analizado la modificación de la norma, eliminando la obligación antes citada, cuando un Observador a bordo haya recabado la información necesaria para el estudio de la especie.

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO es competente para el dictado de la presente de conformidad con el artículo 9°, incisos a) y f) y el artículo 17 de la Ley N°24.922.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR