Resolución 19/2021

Fecha de publicación21 Abril 2021
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 12/01/2021

VISTO el EX-2019-95455394-APN-DGDMT#MPYT el Registro del entonces MINISTERIO DE PROCUCCION Y TRABAJO, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744, (t.o.1.976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.2.004) y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas 9/11 del IF-2019-95609404-APN-DGDMT#MPYT, perteneciente al EX-2019-95455394-APN-DGDMT#MPYT, obra agregado el acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ASIMRA), por la parte sindical, y la CAMARA ARGENTINA DEL ACERO, por el sector empleador, cuya homologación las partes solicitan conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que dicho acuerdo es celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 275/75.

Que a través del mentado acuerdo, celebrado el 18 de octubre de 2019, las partes establecen el cronograma de pago de la asignación no remunerativa establecida en el DNU N° 665/2019, conforme los detalles allí impuestos.

Que el acuerdo de marras se celebra respecto al ámbito personal y territorial dispuesto por la DISPOSICION D.N.R.T. N° 428 del 08 de junio de 2.011.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a la estricta correspondencia entre el objeto de la representación empleadora firmante, y los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su Personería Gremial.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO -2019-75-APN-PTE

Por...

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