Resolución 1888 - E.

Fecha de disposición12 Diciembre 2016
Fecha de publicación12 Diciembre 2016
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 1888 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 01/12/2016

VISTO el Expediente N° 1.746.877/2016 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley 24.013, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, la Resolución Conjunta N° 1 2016 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 176 del 14 de marzo de 2005, N° 45 del 16 de enero de 2006, N° 708 del 14 de julio de 2010, N° 1204 del 11 de octubre de 2011, N° 1471 del 1 de diciembre de 2011, N° 1495 del 2 de diciembre de 2011 N° 695 del 13 de agosto de 2012, N° 1016 del 21 de octubre de 2013, y sus modificatorias; las Resoluciones de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 905 del 27 de julio de 2010, N° 2186 del 29 de diciembre de 2010, N° 1862 del 27 de septiembre de 2011, N° 2449 del 2 de diciembre de 2011, N° 1.550 del 16 de agosto de 2012, N° 2.636 del 11 de diciembre de 2012, N° 247 del 14 de febrero de 2013, N° 1035 del 13 de mayo de 2014, N° 602 del 12 de mayo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Conjunta del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN N° 1 del 10 de noviembre de 2016 se creó el "PROGRAMA NACIONAL PARA LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA" (PNTP), el cual funcionará en la órbita de la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, con el objetivo de potenciar la productividad y competitividad de empresas a través de su transformación productiva.

Que la Resolución Conjunta referida pone a cargo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL brindar los beneficios a otorgarse en virtud del PROGRAMA NACIONAL PARA LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA establecidos en los puntos 3),4) y 5) del artículo 5°, y en el Anexo a la misma, a través de los Programas existentes en el organismo o aquellos que se crearán en el futuro, conforme las condiciones generales establecidas en el Anexo (IF-2016-03132550-APN-MT).

Que la Ley de Empleo N° 24.013 incluye dentro de las políticas de empleo a las acciones de promoción y defensa del empleo, de protección a trabajadores desempleados y de formación y orientación profesional para el empleo.

Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en su calidad de Autoridad de Aplicación de la Ley N° 24.013 tiene la competencia para ejecutar acciones destinadas a fomentar...

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