Resolución 18847.

Fecha de disposición07 Enero 2016
Fecha de publicación07 Enero 2016
SecciónAvisos Oficiales
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL
Resolución 18847/2015
Bs. As., 12/11/2015
VISTO el Expediente N° E-18088-2015 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA
NACION, la Ley N° 25.865 del 15 de enero de 2004 y sus modificatorias, la Ley N° 26.355 del 28 de
febrero de 2008, la Ley N° 26.565 del 21 de diciembre de 2009, los Decretos N° 189 del 13 de febrero de
2004 y su modificatoria y N° 893 del 07 de junio de 2012, la Resolución MDS N° 4521 del 29 de Julio de
2010, la Resolución Conjunta MDS N° 365 del 23 de febrero de 2009 y Resolución General AFIP N°
2564, la Resolución SSSalud N° 667 del 27 de agosto de 2004, la Resolución INAES N° 4664 del 19 de
diciembre de 2013, las Resoluciones SC y MI N° 10204 del 01 de diciembre de 2010, N° 2489 del 05 de
marzo de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 25.865 se modificó la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus
modificatorias, Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) -Monotributo.
Que por dicha norma se establece un nuevo sujeto económico con características propias denominado
Efector de Desarrollo Local y Economía Social, que será inscripto en un Registro afín dentro de la órbita
del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACION.
Que por Ley N° 26.565 se modifica dicho régimen tributario, elevando los montos de facturación y
ratificando al Monotributo Social como categoría tributaria permanente.
Que por Decreto N° 189 de fecha 13 de febrero de 2004 se creó el REGISTRO NACIONAL DE
EFECTORES DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL (REDLES) en el ámbito del
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con la finalidad de promover la inclusión y formalización de
quienes realizan actividades económicas enmarcadas en la economía social, cumpliendo con un modelo
de desarrollo inclusivo y con justicia social.
Que concurrentemente con las políticas nacionales tendientes a impulsar el desarrollo local y la
economía social, es necesario fortalecer a este sector a través de normativas específicas que favorezcan
la formalización de sus actividades productivas.
Que por Resolución N° 466/05 la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, dependiente del
Ministerio de Salud, determinó la forma de elección y de opción de la obra social para los sujetos
inscriptos en el REGISTRO NACIONAL DE EFECTORES DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA
SOCIAL
https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/eE9QdEdpT3hkT2crdTVReEh2ZkU0dz09
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