Resolución 188.
Fecha de disposición | 29 Julio 2016 |
Fecha de publicación | 29 Julio 2016 |
Sección | Convenciones Colectivas de Trabajo |
Resolución 188/2016
Bs. As., 12/07/2016
VISTO el Expediente N° 1.719.782/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976), y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES por el sector sindical y la empresa EMA SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 3/4 del Expediente N° 1.719.782/16 y ha sido ratificado a fojas 15 de las mismas actuaciones.
Que bajo dicho acuerdo las partes precitadas establecen un incremento salarial, en los términos y conforme los lineamientos allí establecidos, quedando conformada la escala salarial referida al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1408/14 "E"; asimismo se fija el valor del concepto "Asignación por Viático" y se pacta incrementar la suma fija y mensual de naturaleza no remunerativa en concepto de "Bonificación Gas".
Que el plexo convencional citado ha sido oportunamente celebrado entre las mismas partes citadas en el primer párrafo del presente y debidamente homologado mediante Resolución Secretaria de Trabajo N° 1914, de fecha 18 de octubre de 2014.
Que con relación al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo, se corresponde con el del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa 1408/14 "E", cuyas escalas salariales modifica.
Que en definitiva dicho ámbito se circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.
Que respecto a su ámbito temporal, se fija su vigencia a partir del día 1 de abril de 2016, de conformidad con lo expresamente pactado por sus celebrantes.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio y teniéndose en consideración la nueva escala salarial, deberán remitirse las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a sus competencias evalúe la correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que con relación al carácter atribuido a las sumas pactadas en el Artículo segundo, resulta procedente hacer saber a las celebrantes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los...
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