Resolución 187/2022

Fecha de publicación09 Agosto 2022
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO


Ciudad de Buenos Aires, 28/07/2022

VISTO el Expediente EX-2018-26987994-APN-DMEYD#AABE, la Resolución Nº 456 de fecha 6 de diciembre de 2018 (RESFC-2018-456-APN-AABE#JGM), y

CONSIDERANDO:

Que por conducto de la Resolución Nº 456 de fecha 6 de diciembre de 2018 (RESFC-2018-456-APN-AABE#JGM) se desafectaron de la jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA, DOS (2) inmuebles propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicados en cercanía del Faro San Antonio, Localidad SAN CLEMENTE DEL TUYÚ, Partidos GENERAL LAVALLE y LA COSTA, Provincia de BUENOS AIRES; identificados catastralmente como Partido 42, Circunscripción 4, Parcelas 340BN y 340BP, con una superficie de CIENTO SIETE HECTÁREAS, SESENTA Y SIETE ÁREAS (107 Has. 67 As.) y DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO HECTÁREAS, DOCE ÁREAS, SETENTA Y UN CENTIÁREAS (245 Has. 12 As. 71 Cas.), correspondientes a los CIE Nros. 0600000136 y 0600000128 respectivamente, individualizados en el croquis que como ANEXO (IF-2018-51541933-APN-DIYRI#AABE) formó parte integrante de la citada medida y se asignaron en uso a la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, a fin de ser destinados a la educación y conservación ambiental debido a la existencia de especies terrestres y marinas de alto valor para la conservación y para la protección de ambientes de vegetación herbácea y arbórea de la región.

Que la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES por Nota NO-2022-58268699-APN-VPD#APNAC de fecha 9 de junio de 2022 informó, en el marco previo de la designación de los bienes como RESERVA NATURAL SILVESTRE denominada MARISMAS DEL TUYÚ, que en la citada Resolución existen diferencias en la nomenclatura catastral de ambos inmuebles, señalando que la nomenclatura correcta para los mismos es Parcelas 34BN y 34BP respectivamente, en vez de Parcelas 340BN y 340BP.

Que asimismo, la DIRECCIÓN DE CATASTRO de esa Administración explicitó que la superficie correcta correspondiente a la Parcela 34 BP es de DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE HECTÁREAS, DOCE ÁREAS, SETENTA Y UN CENTIÁREAS (247 Has. 12 As. 71 Cas.), todo ello de acuerdo al informe producido en la Nota NO-2022-39288877-APN-DCA#APNAC de fecha 22 de abril de 2022.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS REGISTRALES Y DE INFORMACIÓN mediante Nota NO-2022-62896501-APN-DNSRYI#AABE de fecha 22 de junio de 2022, donde expresa de acuerdo a lo verificado, que se ha incurrido en un error humano involuntario a la hora de consignar la nomenclatura de los inmuebles involucrados, por lo que se recomienda la modificación...

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