Resolución 185/2020

Fecha de publicación04 Agosto 2020
SecciónResoluciones
EmisorAUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR


Ciudad de Buenos Aires, 28/07/2020

VISTO el Expediente de Sanciones N° 11/16 caratulado “Expediente de Sanción s/ posible incumplimiento a la Normativa vigente en materia de protección radiológica por parte de la institución GENESYS S.R.L. y su responsable por la seguridad radiológica Dra. Lidia Katz”, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y sus reglamentaciones, las Normas Regulatorias AR 8.2.4 “Uso de fuentes radiactivas no selladas en instalaciones de medicina nuclear” –Rev. 1, y AR 8.11.1 “Permisos individuales para el empleo de material radiactivo o radiaciones ionizantes en seres humanos” –Rev. 2, el Régimen de Sanciones para Instalaciones Clase II y III, Prácticas No Rutinarias y Transporte de Materiales Radiactivos aprobado mediante Resolución ARN N° 32/02, el Procedimiento para la Aplicación de Sanciones aprobado por Resolución ARN N° 75/99, y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones se investigó la posible comisión de infracciones a la Normativa Regulatoria citada en el VISTO por parte de la empresa GENESYS S.R.L., titular de las Licencias de Operación N° 18375/1/3 para el uso de fuentes radiactivas no selladas en estudios diagnósticos y N° 18376/1/3 para el uso de fuentes radiactivas para tratamiento de hipertiroidismo y carcinoma de tiroides y por parte de la DOCTORA Lidia KATZ, titular de los Permisos Individuales N° 15625/0/4 y N° 15626/0/4 y en su carácter de responsable por la seguridad radiológica de GENESYS S.R.L.

Que el día 3 de octubre de 2016 una comisión inspectora de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) realizó una inspección de rutina en la instalación de GENESYS S.R.L., la que se plasmó en el Acta de Inspección N° 15.399, en la que se constató que el Sr. Javier Ripa, quien no formaba parte de la nómina del personal del servicio de medicina nuclear, se encontraba realizando una ergometría con material radiactivo (radiofármaco marcado con Tc-99 m) sin poseer permiso individual y sin contar con dosimetría personal asociada al servicio. Asimismo, durante la inspección, se constató que en la citada instalación se realizaron dos ergometrías con material radiactivo sin la presencia de un médico con permiso individual; solo se encontraba presente un técnico con permiso individual.

Que a fin de investigar las circunstancias de los hechos, mediante la Disposición N° 41/16 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, se...

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