Resolución 185/2020

Fecha de publicación12 Junio 2020
SecciónResoluciones
EmisorSINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 10/06/2020

VISTO la Convención Americana sobre Derechos Humanos llamada Pacto de San José de Costa Rica aprobada por la Ley N° 23.054, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer aprobada por Ley Nº 23.179, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer -”Convención de Belem do Pará”- aprobada por Ley Nº 24.632, los Objetivos de Desarrollo del Milenio de las NACIONES UNIDAS, las Leyes Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, Nº 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, Nº 27.499 Ley Micaela de Capacitación Obligatoria en Género para todas las Personas que Integran los tres Poderes del Estado, y Nº 22.520 de Ministerios, los Decretos Nº 279 de fecha 24 de febrero de 2010 y Nº 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 y el Expediente N° EX-2020-36846284-APN-SIGEN, y

CONSIDERANDO:

Que la Convención Americana sobre Derechos Humanos llamada Pacto de San José de Costa Rica, aprobada por la Ley N° 23.054 establece que “Los Estados Partes en esta Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza; color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas ó de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social” (Artículo 1° Apartado 1)

Que la igualdad entre los géneros no es sólo un derecho humano fundamental, sino la base necesaria para conseguir un mundo pacífico, próspero y sostenible. (ODS - Objetivo 5: Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas); siendo asimismo un requisito para avanzar en el desarrollo y reducir la pobreza ya que las mujeres empoderadas contribuyen a la salud y la productividad del conjunto de las familias y comunidades, y promueven una sociedad igualitaria.

Que la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, aprobada por Ley Nº 23.179 consagra, entre otras cuestiones que los Estados Partes condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas, y convienen en seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer (Artículo 2º).

Que mediante la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y...

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