Resolución 1810.

Fecha de disposición12 Agosto 2016
Fecha de publicación12 Agosto 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 1810/2016

Buenos Aires, 03/08/2016

VISTO el Expediente N° S02:0001908/2016 registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, las Leyes N° 17.671, sus modificatorias y concordantes, N° 24.156 y N° 27.198, los Decretos N° 971 del 6 de mayo de 1993, N° 773 del 21 de junio de 2007 y sus modificatorios, N° 619 del 26 de abril de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que los artículos 100 y 102 de la Ley N° 24.156 establecen la creación y las funciones de auditoria interna, que conforman el sistema de control instituido por la citada Ley.

Que a fin de garantizar el cumplimiento de las acciones encomendadas a la Unidad de Auditoria Interna de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, resulta necesario designar el funcionario para cubrir el cargo de Auditor Interno Titular.

Que mediante el Decreto N° 619/2016 se facultó a las máximas autoridades de los Organismos Descentralizados a designar a los titulares de las UNIDADES DE AUDITORÍA INTERNA de sus respectivas jurisdicciones, previa opinión técnica de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.

Que el profesional propuesto reúne las condiciones de idoneidad y el perfil adecuado para la función a desempeñar.

Que mediante la Nota SIGEN N° 3882/2016 - GCI-I la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN se ha expedido de modo favorable a la propuesta de cubrir el cargo por el Lic. Ángel Javier LAGUNA (DNI N° 25.720.428).

Que por el Decreto N° 773/2007 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Que el cargo de Auditor Interno Titular de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA con Función Ejecutiva Nivel I se encuentra vacante.

Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados por la Ley N° 27.198 ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas por el artículo 6° de la Ley N° 17.671 y el Decreto N° 619/2016.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA NACIONAL

DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

RESUELVE:

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