Resolución 18.

Fecha de disposición29 Julio 2016
Fecha de publicación29 Julio 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 18/2016

Bs. As., 20/07/2016

VISTO el Expediente N° A 55362/77 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), organismo autárquico que funciona en la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que el Sr. Ernesto HALABI (L.E. N° 4.281.114) ha solicitado en fecha 13 de Junio de 2016, la suspensión por el término de UN (1) año de la matrícula N° 622 de AGENTE DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.

Que la suspensión de la matrícula está prevista por el art. 17 de la Resolución INPI P-101 de fecha 18 de abril de 2006, que aprueba el Reglamento para el ejercicio de la Profesión de Agente de la Propiedad Industrial, por el término de UN (1) año.

Que a fin de otorgarle mayor seguridad jurídica a la suspensión respecto de terceros, resulta conveniente que el interesado notifique su suspensión en la matrícula en cada uno de los expedientes que tenga en trámite.

Que la Dirección de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le compete.

Que de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, el señor Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, se encuentra facultado para suscribir la presente autorización.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Acéptase la suspensión por el término de UN (1) año al Sr. Ernesto HALABI (L.E. N° 4.281.114), a la Matrícula N° 622 de AGENTE DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.

ARTÍCULO 2°

Procédase a formalizar la suspensión del Registro de la Matrícula de Agentes de la Propiedad Industrial, por intermedio del Departamento Operativo de la Dirección Operativa.

ARTÍCULO 3°

Comuníquese al interesado que le incumbe la obligación de notificar su suspensión en la matrícula en cada uno de los expedientes que tenga en...

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