Resolución 18.

Fecha de disposición24 Noviembre 2015
Fecha de publicación24 Noviembre 2015
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 18/2015

Bs. As., 20/11/2015

VISTO, la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657 y su Decreto Reglamentario N° 603/13 del Registro del PEN, la Resolución DGN N° 797/13, la Resolución SE N° 15/2015 y el Reglamento del Procedimiento de Selección de las organizaciones referidas en los incs. d), e) y f) del art. 39 del Decreto PEN N° 603/13, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 797/13, del Registro de la Defensoría General de la Nación, quien suscribe ha sido designada como Secretaria Letrada a cargo de la Secretaría Ejecutiva del Órgano de Revisión, con todas las atribuciones que, en orden a su adecuado funcionamiento, fueron contempladas en la Ley Nacional de Salud Mental y su Decreto Reglamentario.

Que el art. 39 del Decreto PEN N° 603/13 --reglamentario de la Ley N° 26.657-- establece que el Órgano de Revisión Nacional estará conformado, además de los integrantes permanentes, por: 1 (un) representante de asociaciones de usuarios y/o familiares del sistema de salud; 1 (un) representante de asociaciones de profesionales y otros trabajadores de la salud; 1 (un) representante de organizaciones no gubernamentales abocadas a la defensa de los derechos humanos (incs. d, e y f).

Que la norma aludida, dispone además, que las entidades designadas para conformar el Órgano de Revisión Nacional, lo integrarán por el término de dos (2) años, al cabo del cual deberán elegirse nuevas organizaciones, pudiendo ser reelegidas por UN (1) sólo período consecutivo, o nuevamente en el futuro, siempre con el intervalo de UN (1) período.

Que, asimismo, el art. 39 del Decreto PEN N° 603/13 establece que la labor de los representantes tendrá el carácter ad- honorem, sin perjuicio de las retribuciones salariales que cada uno pueda percibir de parte de las organizaciones a las que pertenecen.

Que mediante Resolución SE N° 1/13 se dispuso que el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Red de Usuarios y Familiares, Voluntarios, Estudiantes y Profesionales (REDFUV) y la Asociación Argentina de Salud Mental (AASM) pasen a formar parte del Órgano de Revisión Nacional, en atención a lo dispuesto en el art. 39 incs. d), e) y f) del Decreto PEN N° 603/13.

Que ante el próximo vencimiento de las designaciones efectuadas oportunamente, la Secretaría Ejecutiva del Órgano de Revisión Nacional dictó la Resolución S.E. N° 15/2015 por medio de la cual declaró la apertura del Procedimiento de Selección de las Organizaciones mencionadas en los incisos d, e y f...

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