Resolución 176/2020

Fecha de publicación17 Julio 2020
SecciónResoluciones
EmisorAUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR


Ciudad de Buenos Aires, 15/07/2020

VISTO el Expediente de Sanciones N° 19/18, caratulado “CAROLINA NOEMÍ CICERO y OTROS s/ PRESUNTO INCUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE EN MATERIA DE SEGURIDAD RADIOLÓGICA, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y sus reglamentaciones, las Normas Regulatorias AR 10.1.1 “Norma Básica de Seguridad Radiológica”, AR 8.11.1 “Permisos Individuales para el Empleo de Radiaciones Ionizantes en Seres Humanos” Revisión 2 y AR 8.11.2 “Requisitos Mínimos de Formación Clínica Activa para la obtención de Permisos Individuales con Fines Médicos”, el Régimen de Sanciones para Instalaciones Clase II y III, Prácticas No Rutinarias y Transporte de Materiales Radiactivos aprobado por Resolución ARN N° 32/02, el Procedimiento para la Aplicación de Sanciones aprobado por Resolución ARN N° 75/99, y

CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones tramitadas en el Expediente de Sanciones N° 19/18 se investigó la posible comisión de infracciones a la Normativa Regulatoria citada en el VISTO por parte de la Doctora Carolina NOEMÍ CICERO, solicitante de un Permiso Individual para el propósito “Uso de Fuentes Radiactivas No Selladas en Estudios de Diagnóstico”, por parte de la Doctora María Ana ELIAS PENA, Titular del Permiso Individual N° 19163/1/3/12-18, para el propósito “Uso de Fuentes Radiactivas No Selladas en Estudios Diagnósticos”, en su carácter de PRECEPTORA de la Prácticas Activas de la Doctora CICERO y por parte de la FUNDACIÓN ESCUELA DE MEDICINA NUCLEAR (FUESMEN), Titular de la Licencia de Operación N° 17422/0/4/09-19 para el propósito “Uso de Fuentes Radiactivas No Selladas en Estudios Diagnósticos”, Entidad Responsable del desarrollo de las Prácticas Activas de la Doctora CICERO.

Que la solicitud de un Permiso Individual Nuevo, solicitado por la Doctora Carolina CICERO para el propósito “Uso de Fuentes Radiactivas No Selladas en Estudios de Diagnóstico” requiere, entre sus condiciones de otorgamiento, la acreditación de Prácticas Clínicas Activas, bajo la supervisión de un PRECEPTOR con Permiso Individual vigente y en una Instalación con Licencia de Operación vigente, de conformidad con las disposiciones establecidas en los Criterios 10, 12, 13 y 16 de la Norma AR. 8.11.1 y Criterio 8 b) de la Norma AR 8.11.2.

Que la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN), al momento de tramitar el Permiso Individual de la Doctora Carolina CICERO, recibió una denuncia, con fecha 11 de diciembre de 2018, bajo reserva de identidad (ERC 9162/18) a través de la cual el denunciante manifiesta lo siguiente: “dada la presente comunicación, requeriría consideración especial el esquema de prácticas presentada por la Doctora, que incluye aproximadamente 21 días distribuidos en 7 meses (algunos coincidirían con su presencia en Bariloche) y finalmente la concentración de decenas de pacientes en 10 días cercanos a la finalización de las prácticas. En particular, en lo que respecta a la conveniencia de una formación continua del preceptuado durante el lapso de 20 semanas para garantizar la consolidación de los conceptos, la cantidad de pacientes atendidos diariamente por un preceptuado, y su participación efectiva en todas las etapas de atención a los pacientes consignados”.

Que la denuncia (ERC 9162/18) hace referencia a que la Doctora Carolina Noemí CICERO no habría realizado parte de la Práctica Clínica Activa con presencia efectiva en la Instalación FUESMEN de la ciudad de Mendoza, dado que en algunas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR