Resolución 175.

Fecha de disposición15 Octubre 2015
Fecha de publicación15 Octubre 2015
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 175/2015

Bs. As., 09/10/2015

VISTO la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, las Resoluciones SIGEN N° 96 de fecha 13 de noviembre de 2006 y N° 97 de fecha 1 de agosto de 2011, y el Expediente N° 2842/2015-SG-CDMEyS, y

CONSIDERANDO:

Que el 10 de diciembre del año 2015 se cumplirá el mandato asignado a la PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA, iniciado el 10 de diciembre de 2011.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN tiene entre sus objetivos estratégicos, optimizar el modelo de control a partir de la experiencia, siendo importante para el logro del mismo, concientizar a las autoridades superiores sobre el rol que les corresponde en dicho modelo, promoviendo la cultura de la rendición de cuentas y la ordenada y oportuna transmisión de los asuntos a su cargo, al término de sus funciones.

Que, en este sentido, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, emitió las Resoluciones SIGEN N° 96 del 13 de noviembre de 2006 y N° 97 del 1° de agosto de 2011, con relación a los períodos 2003/2007 y 2007/2011, respectivamente, para que las autoridades superiores de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el Artículo 8° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, elaboren un Informe de Control Interno y Gestión, con la finalidad de que la sucesión en las responsabilidades de dirección se realice de manera ordenada, transparente, confiable, oportuna y homogénea y que permita dar continuidad a los servicios y funciones gubernamentales.

Que numerosos estudios realizados en las disciplinas de la administración y la gestión del conocimiento han demostrado que lo que se ha denominado "memoria organizativa" constituye una buena práctica que minimiza los riesgos de pérdidas de información, con la desvinculación de los directivos de las organizaciones.

Que es conveniente brindar a las autoridades superiores de los organismos que integran el Sector Público Nacional, una herramienta que permita conservar esa "memoria organizativa", que a la vez resulte de utilidad para los sucesores en la dirección de programas y proyectos estratégicos y para una mejor comprensión de los objetivos, logros, asuntos pendientes y propuestas de cursos de acción a seguir.

Que a efectos de dar operatividad a esta buena práctica en materia de control, es necesario que los organismos que integran el Sector Público Nacional, definidos en el Artículo 8° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR