Resolución 173/2019

Fecha de publicación26 Noviembre 2019
SecciónResoluciones
EmisorADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS


Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2019-21219636-APN-MEG#AGP, iniciado en la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, y

CONSIDERANDO:

Que esta Administración Portuaria está facultada, de acuerdo al artículo 12° de la Ley N° 24.093 de Actividades Portuarias para fijar su propio tarifario, siendo éste una herramienta o instrumento de política comercial que permite no solo ganar o mantener una cuota de mercado sino además fomentar el uso de sus instalaciones.

Que mediante el dictado de la Resolución Nº RESOL-2019-98-APN-AGP#MTR, se aprobaron los valores y estructura tarifaria para los SERVICIOS POR USO DE PUERTO – EMBARCACIONES DE CABOTAJE, estableciéndose que esta ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO percibirá en concepto de “Tarifa de Puerto a los Buques o Artefactos Navales”, conforme al Anexo I, un valor de U$S 0,075 por Tonelada de Registro Neto o fracción y por cada ingreso a puerto, para aquellas embarcaciones de cabotaje que arriben a las instalaciones del Puerto BUENOS AIRES.

Que mediante el dictado de la Resolución Nº RESOL-2019-40-APN-AGP#MTR, se estableció una bonificación del CIENTO POR CIENTO (100%) para aquellos Buques, Barcazas y Remolcadores de Empuje integrados a estas, que realicen el tráfico entre el Puerto BUENOS AIRES y Puertos de la República de Paraguay y/o del Estado Plurinacional de Bolivia.

Que en la Resolución aludida en el Considerando precedente se han expuesto fundadas razones por las que resulta conveniente incentivar el tráfico de barcazas que conecten al Puerto BUENOS AIRES con países limítrofes mediante la Hidrovía Paraná-Paraguay.

Que una medida de tal índole a nivel nacional permitirá fomentar las cargas directas desde las terminales portuarias del país y el Puerto BUENOS AIRES, dando la posibilidad de mejorar la capacidad y costos logísticos de los productores locales, incrementando tanto el comercio regional como el comercio exterior de la nación.

Que en orden a ello, se ha merituado establecer idénticas bonificaciones a las previstas en la aludida Resolución Nº RESOL-2019-40-APN-AGP#MTR, a aquellos Buques, Barcazas y Remolcadores de empuje integrados a estas, que realicen el...

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