Resolución 173/2019

Fecha de publicación10 Mayo 2019
SecciónResoluciones
EmisorADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
undefinedCiudad de Buenos Aires, 08/05/2019

VISTO las Resoluciones RESFC-2018-532-APN-D#APNAC y RESFC-2019-164-APN-D#APNAC y el EX-2018-43276640-APN-DGA#APNAC, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución RESFC-2019-164-APN-D#APNAC de fecha 2 de mayo de 2019 se aprobó el “Reglamento para la Instalación, Construcción y Uso de Muelles y Embarcaderos Deportivos en los Espejos de Agua Ubicados en Jurisdicción de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES”, incorporado como documento IF-2019-40033435-APN-DNIN#APNAC.

Que dicho Reglamento establece nuevos montos para los Derechos de Construcción de infraestructura portuaria, equivalentes a los Derechos de Instalaciones Portuarias previstos por el Artículo 18.1 del Tarifario Institucional vigente, aprobado por la Resolución RESFC-2018-532-APN-D#APNAC.

Que dicho instrumento prevé asimismo un canon por uso de las instalaciones portuarias, derivados de la mera ocupación del espacio público en espejos de agua, determinando para ello el método de cálculo y los montos a abonar, en función de la envergadura de las instalaciones y la categoría que revista el frentista titular o responsable (Particulares/Asociaciones).

Que del análisis de ambos plexos normativos se desprende que resulta necesario readecuar el Tarifario Institucional, sustituyendo los ítems alcanzados por la nueva reglamentación e incorporando los nuevos valores establecidos, a fin de posibilitar su liquidación y cobro a través del sistema Re.N.A.R.I. (Registro Nacional de Autorizaciones, Recaudaciones e Infracciones dentro de las Áreas Protegidas).

Que a tales efectos, la Dirección de Concesiones ha elaborado sendos cuadros tarifarios, detallando los nuevos valores, incisos, ítems y códigos Re.N.A.R.I., los cuales fueron volcados en los documentos IF-2019-38778935-APN-DC#APNAC e IF-2019-14968846-APN-DC#APNAC respectivamente, y forman parte de la presente.

Que la Unidad de Auditoría Interna, las Direcciones Nacionales de Infraestructura, de Operaciones, de Conservación y de Uso Público, la Dirección General de Asuntos Jurídicos y las Direcciones de Concesiones y de Coordinación Operativa han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las...

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