Resolución 17/2023

Fecha de publicación17 Enero 2023
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA


Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2022-127425277-APN-DGD#MAGYP, la Ley Nº 26.509 y sus modificatorias, y su Decreto Reglamentario Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009, el Decreto Provincial Nº 1.859 de fecha 11 de noviembre de 2022, el Acta de la reunión de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS de fecha 30 de noviembre de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que la Provincia de SAN JUAN presentó para su tratamiento el Decreto Provincial Nº 1.859 de fecha 11 de noviembre de 2022, en la reunión de fecha 30 de noviembre de 2022 de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509 y sus modificatorias, que declaró, el estado de emergencia y desastre agropecuario, para las explotaciones de vid, membrillo, alfalfa, almendro, durazno, granada, nogal, manzana, pera, cereza, ciruela, olivo, pistacho, tomate, melón, sandía, cebolla y hortalizas en general en los Departamentos San Martín, Sarmiento, 25 de Mayo, 9 de Julio, Rawson, Pocito, Albardón, Angaco, Jáchal, Caucete, Chimbas, Calingasta, Santa Lucia, Iglesia, Ullúm y Zonda, desde el 11 de diciembre de 2022 y hasta el 11 de diciembre de 2023.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, luego de analizar la situación provincial, recomendó declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, en los términos de la Ley Nº 26.509 y sus modificatorias, con el alcance propuesto por la Provincia de SAN JUAN.

Que asimismo, la citada Comisión estableció el día 11 de diciembre de 2023, como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo al Decreto Reglamentario Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios –t.o. 1992- y sus modificaciones y el Artículo 9º del Anexo al Decreto Reglamentario Nº 1.712/2009.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- A los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509 y sus modificatorias dase por declarado, en la Provincia de SAN JUAN, el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 11 de diciembre de 2022 hasta el 11 de diciembre de 2023, a las explotaciones hortícolas y frutícolas afectadas por heladas en los...

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