Resolucion 1696

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Fecha de la disposición 3 de Julio de 2008

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Resolución Nº 1696/2008

Bs. As., 26/6/2008

VISTO el Expediente Nº 161.067/07, el Expediente Nº 159.849/07 del Registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, la Resolución MJSyDH 1223/08, el art. 65 del Pliego de Cláusulas Generales y art. 27 del Pliego de Cláusulas Especiales, de la Licitación Pública Nacional Nº 5/07 y Nº 04/07, y CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Nº 161.067/07 se aprobó el llamado a Licitación Pública Nacional Nº 05/07.

Que la mencionada Licitación tiene por objeto realizar la Obra 'Ampliación del Instituto Correccional de Mujeres --U 3-- Ezeiza', Pcia. de Buenos Aires, del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

Que por el Expediente Nº 159.849/07 se aprobó el llamado a Licitación Pública Nacional Nº 04/07.

Que la mencionada Licitación tiene por objeto realizar la Obra 'Ampliación Centro Federal de Detención de Mujeres --U 31-- Ezeiza', Pcia. de Buenos Aires, del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

Que resulta necesario designar a los funcionarios que ejercerán la función de Inspector de Obra en representación del Estado Nacional.

Que por motivos de oportunidad y conveniencia, por encontrarse ambas obras en el mismo sitio, y por realizarse ambas en forma simultánea, resulta conveniente que la inspección de obra sea ejercida por las mismas personas en ambas obras.

Que el PROGRAMA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA (PRONIPE), dependiente de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS ha propuesto para ejercer tal función a los Arquitectos Agustín H. JUSTO (DNI 17.674.839) en calidad de Jefe de Inspección de Obra, y a Sergio F. MARRAS (DNI 18.153.817), en calidad de 2º Jefe de Inspección de Obra.

Que mediante la Resolución M.J.S.y D.H. Nº 1223/08 se ha designado al Arq. Agustín H. Justo para ejercer las funciones de Inspector de Obra en la Obra de la U 31, por lo cual debería complementarse tal designación para ejercer funciones de inspector de obra en la U 3.

Que tales designaciones que se mantendrán hasta la fecha de entrega definitiva de la Obra, y sus funciones deberán ser ejercidas principalmente en la sede de la obra en Ezeiza, y subsidiariamente en la Oficina del PRONIPE, según resultare necesario, de acuerdo a la característica de las tareas a realizar.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente de este Ministerio.

Que el presente acto se dicta en uso de las...

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