Resolución 1679.

Fecha de disposición12 Febrero 2016
Fecha de publicación12 Febrero 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 1679/2015

Bs. As., 20/10/2015

VISTO el Expediente N° 1.681.348/15 del Registro del MINISTERIO TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/5 obra el Acuerdo y su Acta Complementaria de foja 130, celebrado entre la UNIÓN OBRERA DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por la parte gremial y la empresa JOSE J. CHEDIACK SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL COMERCIAL Y AGROPECUARIA - UCSA SOCIEDAD ANÓNIMA y CONTA WALTER MARIO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS por la parte empresaria, ratificado a foja 12 por medio del Acta que lo integra, en al marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han convenido condiciones salariales y laborales, para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 76/75, cuya vigencia opera a partir del día 1 de Abril de 2015, con las consideraciones obrantes en el texto al cual se remite.

Que cabe destacar que el ámbito de aplicación personal y territorial del Acuerdo, se corresponde con la representación empresaria y la representatividad de los trabajadores, por medio de la Entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que en atención al ámbito de aplicación personal del acuerdo a homologar, es menester dejar expresamente aclarado que no corresponde calcular y fijar base promedio de remuneraciones y tope indemnizatorio, respecto de los convenios de trabajo y acuerdos salariales aplicables a los trabajadores que se desempeñen en la actividad regulada por la Ley N° 22.250, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1419 del 21 de Noviembre de 2007.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Declárese homologado el Acuerdo obrante a fojas 2 / 5 y el Acta Complementaria de foja 130, celebrado entre la UNIÓN OBRERA DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y la empresa JOSE J. CHEDIACK SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL COMERCIAL Y AGROPECUARIA - UCSA SOCIEDAD ANÓNIMA y CONTA WALTER MARIO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS, ratificado a foja 12 por medio del Acta que lo integra, del Expediente N° 1.681.348/15, en al marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°

Regístrese la presente Resolución por ante la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/5, el Acta Complementaria de foja 130 y el Acta de ratificación de foja 12 integrante del mismo, del Expediente N° 1.681.348/15.

ARTÍCULO 3°

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4°

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5°

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.681.348/15

Buenos Aires, 22 de Octubre de 2015

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1679/15 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/5 y 130 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1478/15. -- VALERIA ANDREA VALETTI...

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