Resolución 1664. Otórgase Personería Gremial.

Fecha de disposición04 Abril 2016
Fecha de publicación04 Abril 2016
SecciónAsociaciones Sindicales

Resolución 1664/2015

Otórgase Personería Gremial.

Bs. As., 03/12/2015

VISTO el Expediente N° 1-2015-1655045-2014 del Registro de este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.551, sus modificatorias por Ley N° 25.674 y Ley N° 26.390, Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03; y,

CONSIDERANDO:

Que en el expediente mencionado tramita la solicitud de reconocimiento de la Personería Gremial formulada por la ASOCIACION SINDICAL DEL PERSONAL JERARQUICO PROFESIONAL Y TECNICO DE LA ACTIVIDAD MINERA ARGENTINA con fecha 28 de noviembre de 2014.

Que por RESOLUCION MTEySS N° 87/2013 la mencionada entidad obtuvo Inscripción Gremial, la que se encuentra registrada bajo el N° 2873.

Que la peticionante agrupa al personal jerárquico, profesional y técnico que se desempeñan bajo relación de dependencia para las empresas de la actividad minera, con zona de actuación en los municipios de Iglesia y Jachal de la Provincia de SAN JUAN y a los Departamentos Lago Buenos Aires y Magallanes de la Provincia de SANTA CRUZ.

Que se tuvo por acreditado el universo de trabajadores que se desempeñan como personal jerárquico, profesional y técnico bajo relación de dependencia para las empresas de la actividad minera, con zona de actuación en los municipios de Iglesia y Jachal de la Provincia de SAN JUAN y a los Departamentos Lago Buenos Aires y Magallanes de la Provincia de SANTA CRUZ.

Que en la audiencia de verificación de afiliados cotizantes celebrada el 21 de agosto de 2015 la requirente probó afiliación cotizante desempeñan como personal jerárquico, profesional y técnico bajo relación de dependencia para las empresas de la actividad minera.

Que la peticionante afilia más del 20% de trabajadores que se desempeñan como personal jerárquico, profesional y técnico bajo relación de dependencia para las empresas de la actividad minera, con zona de actuación en los municipios de Iglesia y Jachal de la Provincia de SAN JUAN y a los Departamentos Lago Buenos Aires y Magallanes de la Provincia de SANTA CRUZ., considerado mes a mes en el periodo mayo 2014 a octubre 2014.

Que se tuvieron por cumplidos los requisitos establecidos por el artículo 25 de la Ley N° 23.551 respecto a los trabajadores detallados en los considerandos anteriores.

Que conforme los registros de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, el ámbito personal y territorial solicitado podría colisionar con la ASOCIACION...

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