Resolución 1658/2020

EmisorMINISTERIO DE SALUD
SecciónResoluciones
Fecha de publicación14 Octubre 2020


Ciudad de Buenos Aires, 09/10/2020

VISTO el expediente N° EX-2020-64512690-APN-DNTHYC#MS, la Ley N° 22.127, sus modificatorias y complementarias, el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020, la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 3 de fecha 13 de marzo de 2020, las Resoluciones Ministeriales N° 450 de fecha 7 de abril de 2006, N° 1993 de fecha 2 de noviembre de 2015 y N° 718 de fecha 7 de abril de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 22.127 se estableció el Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud, fundado en la necesidad de complementar la formación integral del profesional ejercitándolo en el desempeño responsable, eficiente y ético de las disciplinas correspondientes mediante la adjudicación y ejecución personal supervisada de actos de progresiva complejidad y responsabilidad.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 1993 de fecha 2 de noviembre de 2015 se aprobó el Reglamento Básico General para el Sistema Nacional de Residencias del Equipo De Salud.

Que las residencias del equipo de salud configuran el mejor sistema de formación de especialistas de salud en el posgrado, ofreciendo la posibilidad de profundizar en un área de conocimientos al tiempo que se realiza una práctica intensiva en escenarios de trabajo.

Que las residencias acreditadas por la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN contemplan, en sus respectivos reglamentos jurisdiccionales y programas específicos, la necesidad de la población de la incorporación de diversos profesionales del equipo de salud.

Que con fecha 12 de marzo de 2020, mediante el Decreto N° 260, se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de un (1) año a partir de la entrada en vigencia del mencionado decreto.

Que por el artículo 7 de la Resolución N° 3/2020 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se faculta a los titulares de cada jurisdicción, entidad u organismo a determinar las áreas esenciales o críticas de prestación de servicios indispensables para la comunidad, a efectos de asegurar su cobertura en el supuesto del avance de la pandemia.

Que este Ministerio considera la permanencia de los/las residentes, dentro de los servicios de salud, como esencial e indispensable para atender la emergencia sanitaria y social producida por el COVID-19.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR