Resolución 1649/2022

Fecha de publicación07 Diciembre 2022
SecciónAsociaciones Sindicales
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2022

VISTO el EX-2020-03323986-APN-DGDMT#MPYT, las Leyes Nros. 23.551, 25.674, 26.390 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988, 514 de fecha 7 de marzo de 2003 y 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable a las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que el 14 de abril de 2015 el SINDICATO OBREROS CERAMISTAS DE CHIVILCOY, con domicilio en Dorrego N° 465 de la Ciudad de CHIVILCOY, Provincia de BUENOS AIRES, solicitó la modificación parcial de su Estatuto Social respecto del artículo 1°, de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 23.551, sus modificatorias y el Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Que la mencionada entidad obtuvo Personería Gremial por Resolución de la entonces SECRETARÍA DE ESTADO DE TRABAJO Nº 313 de fecha 16 de junio de 1969, la que quedó registrada bajo el Nº 1001.

Que obra en las presentes actuaciones dictamen de la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales por el que presta conformidad a la aprobación de la modificación parcial del texto del Estatuto Social presentado.

Que, en ese orden, la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales efectuó el control de legalidad que sobre el estatuto dispone el artículo 7º del Decreto N° 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que su modificación se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N° 23.551, sus modificatorias y el citado decreto, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables en la materia, en cuanto pudieren oponerse.

Que la entidad amplía el ámbito de actuación territorial, conforme fue aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.

Que la norma modificada pasará a formar parte del ejemplar estatutario aprobado mediante Resolución del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 409 de fecha 23 de mayo de 1995.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley de...

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