Resolución 164.

Fecha de disposición04 Febrero 2016
Fecha de publicación04 Febrero 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 164/2016

Bs. As., 29/01/2016

VISTO la Ley 17.741 (t.o. 2001), los Decretos 1536/02 y modificatoria y 976/13, y la Resolución N° 982/13/INCAA y modificatorias; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 16 de la Resolución N° 982/13/INCAA y modificatorias se creó el COMITE DE EVALUACION DE PROYECTOS DOCUMENTALES, el cual estará conformado por 5 (CINCO) integrantes, que tendrá como finalidad emitir dictamen respecto a la pertinencia de la asignación de los beneficios establecidos para los proyectos documentales encuadrados dentro de lo establecido en la Resolución que regula el otorgamiento de los subsidios por otros medios de exhibición y los que hayan sido presentados en el marco de lo previsto por los artículos 2° y 11 de la Resolución mencionada.

Que dicho Comité evaluará hasta CUARENTA (40) proyectos documentales, los cuales ingresarán al Comité desde la Gerencia de Fomento, a medida que se vayan presentando con los requisitos completos que avalan su presentación.

Que el Comité tendrá un plazo máximo de TRES (3) meses desde su designación y conformación definitiva para emitir los dictámenes pertinentes, no impidiendo este plazo dictaminar los proyectos sometidos a su consideración en un lapso menor.

Que los miembros de dicho Comité cesarán en sus funciones a los TRES (3) meses o luego de haber evaluado CUARENTA (40) proyectos, contados a partir del momento de su designación.

Que de acuerdo a la cantidad de proyectos presentados y en condiciones de ser evaluados por los Comités, y al ritmo de presentación de los mismos, puede suceder que más de un Comité se encuentre en funciones en forma simultanea dado el carácter de las tareas a cumplir.

Que resulta necesario otorgar dinamismo y continuidad en el análisis permanente de los proyectos, a los efectos de evitar demoras que pudieran perjudicar a los administrados.

Que resulta necesario designar a los miembros que integrarán el COMITE XVI, XVII, XVIII, XIX y XX DE EVALUACION DE PROYECTOS DOCUMENTALES.

Que los Sres. Daniel BAZAN, DNI 14.874.899; Pablo SPATOLA, DNI 21.831.719; Andres HABEGGER, DNI 20.694.957; Roberto PERSANO, DNI 25.435.267 y María Constanza SANZ PALACIOS, DNI 21.833.399, cumplen con los requisitos de admisibilidad que se fijan en el Artículo 20° de la Resolución N° 982/13/INCAA, a los fines de la integración del XVI COMITÉ DE EVALUACION DE PROYECTOS DOCUMENTALES.

Que los Sres...

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