Resolución 164/2020

Fecha de publicación17 Septiembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA


Ciudad de Buenos Aires, 15/09/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-58304590- -APN-DGD#MDP, la Resolución N° 327 de fecha 1 de julio de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 327 de fecha 1 de julio de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO se creó el “PROGRAMA SOLUCIONA. REACTIVACIÓN DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO”, cuyo objetivo consiste en brindar asistencia financiera a personas jurídicas para favorecer la reactivación económica del país, mediante el desarrollo y/o la implementación de soluciones, productos y/o servicios innovadores generados por los sectores de la economía del conocimiento, a los efectos de brindar soluciones que atiendan las problemáticas sanitarias, económicas y productivas generadas por la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), en relación con el Coronavirus COVID19.

Que, a su vez, por la citada resolución se designó como Autoridad de Aplicación del citado programa a la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y se aprobó el Reglamento Operativo del mismo.

Que, en relación a ello, se facultó a la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA a dictar las normas complementarias y aclaratorias necesarias para su implementación, como así también a modificar el Reglamento Operativo, en caso de resultar necesario.

Que, si bien el Reglamento Operativo del programa referido está dirigido a personas jurídicas comprendidas en el inciso a) del Artículo 49 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, constituidas en la REPÚBLICA ARGENTINA o habilitadas para actuar dentro de su territorio o que se trate de empresas estatales o mixtas o de cooperativas, de las presentaciones ingresadas surgen proyectos propiciados por universidades, organismos públicos o entes públicos, asociaciones, mutuales, fundaciones, entidades civiles o mutualistas que, si bien no se encuentran alcanzados por aquel impuesto, resultan atinentes a la temática y al espíritu del Programa, toda vez que sus proyectos tienden a brindar soluciones utilizando la Economía del Conocimiento y propiciando a la reactivación económica.

Que, en virtud de ello, resulta oportuno efectuar una ampliación de los sujetos mencionados en el Punto 7, inciso I) del Anexo a la Resolución N° 327/20 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, a los efectos de su adecuación a los términos establecidos en el...

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